Compraste dólar ahorro y lo dejaste depositado: ¿lo podés sacar ahora?

Economía

La AFIP aclaró finalmente la duda que flotaba sobre la posibilidad de retirar los dólares adquiridos para atesoramiento con "percepción cero" y qué pasaba con el recargo del 20% a cuenta del Impuesto a las Ganancias si se retiraba antes del año tras la apertura del cepo cambiario.

Desde que el Gobierno anunció el fin del cepo cambiario había quedado pendiente de resolución una cuestión. Era la de que aquellos ahorristas que desde la institución del "dólar ahorro" en enero de 2014 había adquirido la divisa estadounidense y habían optado por dejarla depositada al menos por un año de modo de evitar pagar el 20% adicional en concepto de adelanto al Impuesto a las Ganancias.

Al momento del levantamiento del cepo no había quedado claro qué pasaría con esos fondos, si lo ahorristas podían retirarlos en cualquier momento, incluso antes de cumplido el plazo de un año, y en ese caso si se los exceptuaba o no el pago del 20%.

Finalmente este lunes la resolución 3822 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicada en el Boletín Oficial aclaró la duda.

La resolución, que lleva la firma del titular de la AFIP Alberto Abad, señala que quienes hayan adquirido dólar ahorro y lo retiren antes de los 365 días, deberán pagar la percepción de 20% que estaba prevista en la Resolución General 3583.

En el artículo 3 de la resolución se indica: "En el supuesto previsto en el tercer párrafo del Artículo 1° de la Resolución General N° 3.583, los agentes de percepción deberán practicar la percepción prevista en dicho artículo sobre el valor en pesos de los fondos respectivos, convertido al tipo de cambio vendedor vigente en el Mercado Único y Libre de Cambios correspondiente al cierre del día anterior a la fecha del retiro anticipado de los mismos, debiendo actuar en tal carácter las entidades autorizadas a operar en cambios por el Banco Central de la República Argentina (BCRA)".

El tercer párrafo del artículo 1 de la resolución 3583 del 24 de enero pasado que habilitaba la compra de dólar ahorro indicaba que "en el supuesto de que la moneda extranjera adquirida y depositada se retire antes del plazo de trescientos sesenta y cinco días, la percepción se aplicará en oportunidad de su retiro de la cuenta bancaria respectiva".

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