Compraste dólar ahorro y lo dejaste depositado: ¿lo podés sacar ahora?
La AFIP aclaró finalmente la duda que flotaba sobre la posibilidad de retirar los dólares adquiridos para atesoramiento con "percepción cero" y qué pasaba con el recargo del 20% a cuenta del Impuesto a las Ganancias si se retiraba antes del año tras la apertura del cepo cambiario.
La resolución, que lleva la firma del titular de la AFIP Alberto Abad, señala que quienes hayan adquirido dólar ahorro y lo retiren antes de los 365 días, deberán pagar la percepción de 20% que estaba prevista en la Resolución General 3583.
En el artículo 3 de la resolución se indica: "En el supuesto previsto en el tercer párrafo del Artículo 1° de la Resolución General N° 3.583, los agentes de percepción deberán practicar la percepción prevista en dicho artículo sobre el valor en pesos de los fondos respectivos, convertido al tipo de cambio vendedor vigente en el Mercado Único y Libre de Cambios correspondiente al cierre del día anterior a la fecha del retiro anticipado de los mismos, debiendo actuar en tal carácter las entidades autorizadas a operar en cambios por el Banco Central de la República Argentina (BCRA)".
El tercer párrafo del artículo 1 de la resolución 3583 del 24 de enero pasado que habilitaba la compra de dólar ahorro indicaba que "en el supuesto de que la moneda extranjera adquirida y depositada se retire antes del plazo de trescientos sesenta y cinco días, la percepción se aplicará en oportunidad de su retiro de la cuenta bancaria respectiva".
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