Viajá a Brasil con Tarde XTRA

Agustina Casanova y Diego Poggi te invitan a disfrutar de una semana all inclusive en Porto Seguro. Mirá el programa por C5N y enterate cómo participar.

BASES Y CONDICIONES: "XTRA VIAJE"

1. La forma de intervenir en la presente operatoria denominada "XTRA VIAJE" (en adelante la "Operatoria"), cuyo organizador es TELEPIU S.A (en adelante el "Organizador"), de obtener gratuitamente un premio y demás condiciones, están contenidas en las presentes Bases (en adelante las "Bases"). La intervención en la presente Operatoria implica la aceptación de las Bases, así como las decisiones que adopte el Organizador conforme a derecho respecto de cualquier cuestión que ocurriere no prevista en las mismas.

2. La presente Operatoria se desarrollará en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desde las 15:00 horas del día Sábado 21 de mayo de 2016 y hasta las 18:00 horas del día Domingo 12 de junio inclusive (en adelante la "Vigencia"). Sólo podrá participar de la Operatoria cualquier persona residente en la República Argentina que cumpla con todas las siguientes condiciones durante la Vigencia y al momento de hacerse efectivo el Premio: a) deberá ser mayor de 18 años de edad; b) contar con pasaporte u otro documento vigente y suficiente para ingresar al país de destino; c) contar con visa vigente y suficiente para el ingreso al país de destino salvo que, por la razón que fuere, el participante no necesitare visa para ingresar a dicho país, circunstancia que deberá acreditar debidamente; en cuyo caso deberá contar con la documentación vigente y suficiente solicitada por el país de destino para el caso particular d) ser titular de la cuenta de la red social Instagram desde la cual participó en la Operatoria (en adelante, el "Participante"). No podrán intervenir en la presente Operatoria aquellos que tengan algún impedimento ajeno al Organizador.

3. El procedimiento para intervenir en la presente Operatoria será el siguiente (en adelante el "Procedimiento"): Durante el término de la Vigencia, quienes deseen intervenir deberán grabar un video de una duración máxima de 20 (veinte) segundos en el cual el participante usando indumentaria o accesorios festivos o relativos a la temática de "Carnaval" explique el motivo por el cual el Participante debería ganar el Premio y publicarla en la red social Instagram, junto con la leyenda (hashtag) #ViajeTardeXTRA. Una vez cumplido dicho requisito el video publicado –siempre que cumpla con los requisitos de la Operatoria- quedará habilitado para participar de la elección de los "tres videos más divertidos", según consideración de las personas que integren el programa "Tarde Xtra" emitido por la Señal C5N (de ahora en adelante "el jurado") en la emisión del día Sábado 11 de junio. Los tres videos elegidos por el Jurado participaran de la "Final" en la cual competirán entre sí, siendo publicado por el Organizador en la cuenta de Instagram oficial de C5N por el término de 24 horas (desde el sábado 11 de junio a las 18 horas hasta el domingo 12 de junio a las 18:00), y será el Participante cuyo video logre la mayor cantidad de "Likes" (o "me gusta") en ese período, quién se adjudicará el Premio. La determinación del Ganador se hará ante la presencia de escribano público.

El carácter correcto o incorrecto de los videos publicados será determinado exclusivamente por el Organizador, de acuerdo a lo estipulado en la cláusula 24 de estas Bases.

El Participante deberá contar con cuenta en la red social Instagram propia, desde la cual deberá participar. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en esta Operatoria que se realice por cualquier proceso, técnica, modalidad o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. Cada cuenta de la red social Instagram, será considerada individualmente a los efectos de la Operatoria, de manera tal que, las distintas cuentas de una misma persona en una misma red Social Instagram se considerarán como una sola a los efectos de la Operatoria. El Organizador podrá excluir de la Operatoria, a su exclusivo criterio, a cualquier Participante cuyo nombre de usuario sea un nombre o frase ofensiva o hiriente hacia los legítimos sentimientos de terceros. Se considerará, sin admitirse prueba en contrario, que quienes publicaron los videos son los titulares de las cuentas de la red social Instagram desde las cuales se concretó la participación.

4. El nombre del Ganador Participante será anunciado el día 12/06/16 en el canal C5N durante la emisión del programa denominado "Tarde Xtra" en el tramo horario de 15 a 18 horas. Quien resulte Ganador, será contactado telefónicamente o por mensaje privado para coordinar la entrega del premio correspondiente. El Organizador en el mismo acto le indicará la fecha y horario en el que deberán presentarse en las oficinas del Organizador sitas en la calle fitz Roy 1940, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En dicha oportunidad, el Ganador deberá comparecer con su documento nacional de identidad, y el Organizador luego de constatar que cumple con los requisitos necesarios para intervenir en la presente Operatoria le notificará en el acto que se ha convertido en Ganador de la Operatoria.

5. En el supuesto que el Ganador, no cumpla con las condiciones necesarias para intervenir en la presente Operatoria y/o para convertirse en Ganador de la misma, perderá la oportunidad de gozar del Premio y el Organizador seleccionará otro Ganador, que será quien sigue en orden a la mayor cantidad de publicaciones realizadas en virtud del procedimiento descripto en la cláusula tercera, a fin de reemplazar al primero. La obligación del Organizador es la de contactar exclusivamente a quien ocupe el primer lugar, siendo los siguientes lugares optativos para el Organizador.

6. El Participante que interviniendo en la presente Operatoria, se convierta en el Ganador de la misma, será acreedor de un (1) Premio consistente en: dos (2) pasajes aéreos para el Ganador y un acompañante ida y vuelta Buenos Aires / Porto Seguro (Brasil) (destino final) / Porto Seguro (Brasil) / Buenos Aires (destino final) - ello de acuerdo a la disponibilidad de reservas - en clase económica de compañía aérea a designar por el Organizador; más traslados Aeropuerto de Porto Seguro - Hotel La Torre Resort - Aeropuerto de Porto Seguro; más siete noches de alojamiento para dos (2) personas en el hotel "La Torre Resort" o equivalente. Incluye Tasa aérea, tasa de aeropuerto, DNT 5%, IVA. El valor total estimado del Premio asciende a la suma de Pesos setenta y ocho mil ($78.000). El premio es personal e intransferible. La renuncia y/o imposibilidad del Ganador de viajar, aun en caso fortuito o fuerza mayor, no dará derecho a compensación o reclamo alguno al Organizador. El Premio no incluye otra prestación, servicio o producto distinto de los clara y expresamente determinados en esta cláusula. En tal sentido, se deja aclarado que todo gasto que no esté contemplado en forma expresa en los párrafos anteriores será a exclusivo cargo del Ganador, por lo que queda a cargo único y exclusivo de éste cualquier gasto, desembolso, erogación, extras y/o consumos de cualquier naturaleza, viáticos, paseos, impuestos, tasas y multas derivados o no de incumplimiento o uso indebido del Premio, traslados en destino y en Buenos Aires (excepto los arriba indicados), derechos de aduana por equipaje y efectos personales, cargos por exceso de equipaje, llamadas telefónicas, comidas y movilidad en destino, consumos en frigobar y/o cualquier otro. El Organizador deja expresamente aclarado que los servicios que constituyen el Premio (de ahora en adelante denominado "El servicio" serán prestados por la empresa L&M ASESORES, Razón Social: Leiter, Diego Omar, CUIT 20-16144272-1 (de ahora en adelante denominada "La Agencia").

7. El Ganador deberá designar a la persona elegida como acompañante al momento de que le sea notificado que resultó Ganador de la operatoria, según lo establecido en la cláusula 4 del presente.

8. El derecho a hacer uso del Premio por parte del Ganador, queda sujeto a disponibilidad de los Prestadores, no siendo válido para ser utilizado en temporada alta (a los fines del presente, se entiende temporada alta las fechas entre Noviembre 2016 y Marzo 2017), teniendo vigencia para su uso por el plazo de un año, es decir, desde el día 12 de junio de 2016 y hasta el día 12 de junio de 2017. Vencido dicho plazo, el Voucher entregado será de ningún valor, el Ganadr perderá todo derecho al Premio, no pudiendo reclamar al Organizador Premio y/o prestación alguna.

9. El Organizador no se hace responsable por robo, extravío o mal uso que se haga del Premio, por lo que no habrá reposición del mismo.

10. La renuncia y/o imposibilidad del Ganador de viajar, aun en caso fortuito o fuerza mayor, no dará derecho a compensación o reclamo alguno al Organizador.

11. El Stock total de Premios comprometido en la presente Operatoria asciende a un (1) Premio. Por ello mismo, una vez finalizada la Operatoria, se habrá elegido un (1) Ganador del Premio, según quedó definido en la cláusula sexta de las presentes Bases. En caso de dificultad y/o imposibilidad de entregar el Premio, el Organizador se reserva la facultad de sustituir el mismo por otro de similares características.

12. El Premio será entregado al Ganador siempre que reúna las condiciones necesarias para intervenir en la presente Operatoria. La entrega del Premio al Ganador, se hará en la calle Ftiz Roy 1940, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el día y horario indicados al Ganador por el Organizador. En dicha oportunidad, el Ganador, deberá firmar un certificado de entrega del Premio y retirar el mismo. El Organizador no se hará responsable en caso de que el Ganador no pudiera concurrir a recibir el Premio y/o no pudiera firmar el certificado de entrega del mismo y/o no pudiera recibir, retirar, usar y/o gozar del Premio, por cualquier causa que surgiere que le sea ajena o no le sea imputable, ni de los gastos de cualquier naturaleza (movilidad, transporte, estacionamiento, etc.) en que incurriera a fin de aceptar, usar, gozar, firmar el recibo, recibir y/o retirar el Premio. Todos estos gastos, así como cualquier otro gasto en relación al Premio serán a exclusivo cargo del Ganador.

12. Las Bases podrán ser consultadas en la página http://www.minutouno.com o personalmente en Fitz Roy 1940 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante todo el tiempo que dure la presente Operatoria. La intervención en la presente Operatoria implica la aceptación de las presentes Bases, así como las decisiones que adopte el Organizador conforme a derecho respecto de cualquier cuestión que ocurriere no prevista en las mismas.

13. El Organizador no se hace responsable por la documentación o requisitos de cualquier índole que requieran los Participantes para intervenir en la presente Operatoria. No podrán intervenir en la presente Operatoria aquellos que no cumplan con las condiciones indicadas.

14. Toda presentación o reclamo efectuado por los Participantes y/o por el Ganador en lugar y momento distinto al de las oficinas de TELEPIÚ S.A. sitas en la calle Fitz Roy 1940, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resultará extemporánea y hará perder, en forma automática, el derecho al reclamo del Premio.

15. El Ganador no podrá exigir el cambio del Premio por otro, ni por entrega en ninguna moneda ni especie, ni por un bien o servicio distinto al indicado como Premio, de modo que el Premio no será negociable, ni transferible.

16. Una vez entregado el Premio, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto del mismo.

17. El Organizador no garantiza los productos, prestaciones y/o servicios objeto del Premio, ni se responsabiliza por la calidad, ni ninguna cuestión relativa al Premio, siendo los proveedores de los servicios que se otorgan como Premio y/o quien corresponda, el/los únicos y exclusivos responsables por toda cuestión relativa al mismo.

18. El Ganador reconoce expresamente que el Organizador se encuentra exento de toda responsabilidad por y/o vinculada directa y/o indirectamente al Premio, y/o estadía y/o acontecimientos y/o servicios y/o productos de cualquier índole o naturaleza, a cargo y/o originados y/o provistos por personas o entidades ajenas al Organizador en relación con el Premio involucrado en la presente Operatoria, entre otros, pero sin limitar, cualquier hecho o suceso que ocurriera durante, a causa, con motivo y/o vinculado directa y/o indirectamente con el Premio, agencias, intermediarios, contratistas, empleados, proveedores, personal de cualquier rubro afectado y/o relacionado y/o recepción y/o goce del Premio, etc. El Ganador en la presente Operatoria, por su sola participación aceptan el deslinde de pleno derecho de toda responsabilidad al Organizador en las cuestiones referidas en este párrafo.

En especial el Organizador no se responsabiliza:

(A) por ningún daño, perjuicio, pérdida o lesión, personal, moral o material, causado directa, indirecta y/o consecuentemente por el Ganador a sí mismo y/o su acompañante y/o terceras personas debido a y/o en relación al Premio;

(B) por ningún daño, hurto y/o robo de los que pudiera ser objeto el Ganador y/o su acompañante y/o terceras personas y/o los bienes de cualquiera de estos vinculado a la Operatoria y/o al Premio;

(C) por ningún daño, hurto y/o robo de los que pudiera ser objeto el Ganador y/o su acompañante y/o terceras personas respecto del Premio;

(D) por fallas en los equipos de comunicación, de suministro de energía, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la presente Operatoria;

E) por fallas mecánicas y/o desperfectos técnicos y/o errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir los traslados y/o la realización de todo lo necesario para usar y gozar del Premio.

En caso de que por cualquier motivo ajeno al Organizador, el Premio no pudiere ser asignado al Ganador, quedará en propiedad del Organizador.

19. El Organizador podrá excluir de la Operatoria y denegar la entrega del Premio a quien actúe en oposición a lo previsto en estas Bases. El Organizador no será, en ningún caso, responsable por fallas en sitios web, páginas de internet, equipos de comunicación telefónica, de suministro de energía, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que le sean ajenos y que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la Operatoria y/o el uso y goce del Premio.

20. Todo impuesto (actual o futuro) que deba tributarse sobre o en relación con el Premio y los gastos en que incurran los Participantes y/o el Ganador con motivo de la intervención en la presente Operatoria, serán a su exclusivo cargo.

21. Tanto los Participantes como el Ganador, autorizan a TELEPIÚ S.A. a difundir sus nombres, imágenes, y demás datos particulares, con fines publicitarios, en los medios y forma que TELEPIÚ S.A. disponga, sin derecho a compensación alguna por tal motivo, durante el plazo de vigencia de la Operatoria y hasta cuatro (4) años de finalizado.

Se entenderá que dicha autorización es en los términos del artículo 53 del Código Civil, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del artículo 31 de la Ley 11.723, del artículo 3º, inciso h) de la ley 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Participantes y/o el Ganador no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

22. No podrán participar en esta Operatoria, hacerse Ganador del Premio, ni ser acompañante del Ganador el personal de TELEPIÚ S.A., ni de ninguna de las sociedades y/o empresas vinculadas con ésta, el personal del área de publicidad, el de las agencias de publicidad, promoción, proveedores, y/o familiares directos de los mismos, como tampoco podrán participar los parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, ni tampoco los ex empleados de estas empresas que se hubieren desvinculado de las mismas dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de comienzo de la Operatoria, ni sus parientes hasta el mismo grado antes mencionado.

23. Cualquier reclamo relacionado con la presente Operatoria, deberá ser realizado por los Participantes y/o Ganador y dirigido a las oficinas de TELEPIÚ S.A. sitas en la calle Fitz Roy 1940, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Operatoria, serán competentes los tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

24. La participación en la Operatoria implica aceptación de las presentes Bases, así como las decisiones que adopte el Organizador conforme a derecho y a su buen criterio. En caso de que ocurrieren circunstancias no previstas en las mismas no imputables al Organizador, éste podrá modificar las mismas y/o suspender o cancelar la Operatoria, siempre en cumplimiento de la normativa aplicable. A su vez, la participación en la Operatoria implica para el Participante la aceptación plena y sin reservas de las condiciones de uso de la red social Instagram, a las cuales el Participante declara conocer. Se deja expresamente aclarado que las redes sociales mencionadas son totalmente ajenas a la presente Operatoria, por lo que en ningún caso serán responsables por las obligaciones y compromisos contenidos en estas Bases.

25. El Organizador se reserva en este acto el derecho a no considerar o descalificar participaciones múltiples provenientes de una misma persona o de una misma o diferentes redes sociales realizadas mediante métodos de duplicación robóticos, automáticos, repetitivos, programados o con métodos de duplicación similares, y/o a descalificar a cualquier persona que utilice dichos métodos

26. El Organizador podrá suspender o cancelar la realización de la Operatoria, como así también podrá introducir las modificaciones que juzgue convenientes en las condiciones y características de la misma, en caso de configurarse supuestos de caso fortuito o fuerza mayor o cuando circunstancias no previstas y no imputables al Organizador lo justifiquen, y sin que ello genere derecho a reclamo alguno para los Participantes.

Asimismo, el Organizador estará eximido del cumplimiento de la entrega del Premio cuando por razones que exceden su esfera de control, o de fuerza mayor o caso fortuito, el cumplimiento de la entrega del Premio se torne imposible o excesivamente oneroso para el Organizador o los terceros que le proveen los servicios para el cumplimiento del Premio. Entre los hechos fortuitos que pudieran producirse, se enumeran, a título meramente enunciativo, la cancelación o postergación de los vuelos, la falta o mal funcionamiento del medio de transporte que pudiera cancelar o demorar el viaje, el incumplimiento por parte de terceros que hubieren comprometido frente al Organizador alguno de los elementos imprescindibles para la consecución del Premio, la prohibición de egreso del país por parte de la autoridad del país de origen, la prohibición de ingreso al país por parte de la autoridad del país de destino, o cualquier otro país en tránsito, etc.

Con la participación en esta Operatoria, los Participantes aceptan que, en caso de ser acreedores del Premio, liberan al Organizador por la responsabilidad derivada de daño, muerte, accidente, lesiones o perjuicios personales, corporales o patrimoniales que pueda sufrir el Participante, con motivo u ocasión de la percepción, del uso y disfrute del Premio.

El Organizador no otorga garantía de calidad ni ninguna otra en relación con el Premio, por lo que cualquier reclamo deberá dirigirse a los responsables de los mismos (prestatarias de servicios, etc., o a quien legalmente corresponda).

El Participante acepta que el Organizador no es responsable por el incumplimiento o cumplimiento deficiente de los servicios de los terceros de los que se vale el Organizador para el disfrute del Premio, como ser, a modo de ejemplo, las aerolíneas que trasladan al Ganador al destino. El Participante libera al Organizador de cualquier responsabilidad por dicho incumplimiento o cumplimiento deficiente.

27. La provisión de datos por parte de los Participantes y/o el Ganador es voluntaria. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326.

Los Participantes podrán requerir que dicha información les sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de Datos a su pedido. A tales efectos deberán comunicarse al 4833-8800, o dirigirse a la recepción de edifico de la calle Uriarte 1899 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. "Art. 27, Inc. 3 de la Ley 25.326: "El titular podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a los que se refiere el presente artículo". Art. 27, 3er párrafo del Decreto 1558/01: "En toda comunicación con fines de publicidad que se realice por correo, teléfono, correo electrónico, Internet u otro medio a distancia a conocer, se deberá indicar, en forma expresa y destacada, la posibilidad del titular del dato de solicitar el retiro o bloqueo, total o parcial, de su nombre de la base de datos. A pedido del interesado, se deberá informar el nombre del responsable o usuario del banco de datos que proveyó la información".

De conformidad con el art. 7b 6) de la Resolución 17/11 que exige el cumplimiento de lo requerido por la Ley 25.326, se deja constancia que mediante la presente operatoria, no se creará una base de datos a ser utilizada para otros fines diferentes a la presente Promoción.

28. La presente Operatoria es Sin Obligación de Compra o contratación de ningún producto o servicio.-

29. Defensa del Consumidor. http://www.consumidor.gov.ar/. Correo electrónico: [email protected]. Teléfono: 0800-666-1518.

TELEPIÚ S.A. CUIT 33-71001080-9. Domicilio: Fitz Roy 1940, CABA. Teléfono: 4899 3500.

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