Fiscal asegura que las pensiones por discapacidad son un derecho adquirido
El titular de la Unidad Fiscal de Investigaciones de Delitos de la Seguridad Social, Gabriel de Vedia, requirió a la ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, información sobre la quita de beneficios a discpacitados.
En cuanto al argumento del Ejecutivo, de que la medida está sujeta a una reglamentación prevista en el decreto 432, de 1997, sostuvo que "las políticas públicas no pueden tener una visión regresiva, tienen que ser siempre progresivas, hacia adelante".
El fiscal pidió que se haga "una investigación general" sobre las pensiones otorgadas y luego se vaya "resolviendo caso a caso" porque, disparó, "esto suena a que pagan justos por pecadores".
"Esto sólo puede ser revisado en caso excepcional de una ilegalidad manifiesta, pero así y todo tiene que haber una actuación administrativa, hay que citar al beneficiario, hay que darle derecho a la descarga y no que se entere en un cajero automático", cuestionó.
En declaraciones a radio Cooperativa, el titular de la Ufises manifestó que "la población beneficiaria de esta pensión es vulnerable y suele depender de este ingreso y necesita la planificación de saber si va a contar con plata para poder comprar la leche a su hijo o un medicamento".
Frente a esta situación, subrayó que "sería saludable que se restituyan los beneficios", al tiempo que remarcó que "en el derecho argentino, los actos de concesión de beneficios se presumen legítimos".
"Estamos ante un derecho adquirido, no es una limosna, una caridad, ni beneficencia, es un derecho por estar encuadrado en la ley", sentenció De Vedia, quien consideró que "más allá de algún aspecto que puede ser ideológico, de fondo" la medida del Gobierno parece "por falta de planificación".
Asimismo, repasó que la ley de pensiones no contributivas fue "sancionada bajo la presidencia de Juan Domingo Perón, durante 1948" y "hay tres casos: invalidez del 76 por ciento, que son personas que están excluidas de la sociedad y que tienen una vulnerabilidad estructural; mujeres solteras, que no tengan sostén y tengan más de siete hijos; y esas personas que no tengan posibilidad de jubilarse porque no tienen aportes y que llegan a los 70 años".
De Vedia puntualizó que "49 años después, en 1997, durante el menemismo, se dictó un decreto reglamentario de esta ley" que estableció "algunos elementos que la ley no preveía, por ejemplo, en el caso de la pensión por invalidez, elementos por los que no corresponden que te otorguen el beneficio, como tener un auto".
El titular de la Ufises advirtió además que "siempre se dice que el otorgamiento de las pensiones es por el límite presupuestario", pero enfatizó que "el presupuesto es una decisión política".
"En los '90, en las pensiones no contributivas había un límite muy rígido y no se salía de ahí. Después empezó a cambiar y se empezó a tomar el concepto de que hay un derecho, entonces tiene que aparecer el dinero para otorgarlo", explicó.
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