La AFIP apelará el fallo que eximió a De la Rúa de pagar Ganancias

Política

El ex presidente logró que el Tribunal Fiscal de la Nación lo eximiera e la retención del 35% sobre su pensión vitalicia especial, tras un litigio judicial que lleva tres años.

La AFIP apelará el fallo que le concedió al ex presidente Fernando de la Rúa la excepción del pago de Ganancias en su jubilación, anunció esta tarde el jefe de la AFIP, Alberto Abad.

El ex presidente logró que el Tribunal Fiscal de la Nación lo exima de la retención del 35% sobre su pensión vitalicia especial. El mandatario argumentó -y el Tribunal Fiscal apoyó- que su pensión de $ 176.000 por mes debía asimilarse a la remuneración que cobran los ministros de la Corte Suprema, con todos sus beneficios, y que, por tanto, si los jueces supremos no pagan Ganancias, él tampoco debería padecer esa quita.

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El fallo del Tribunal Fiscal no fija un precedente que deba acatar la AFIP pero podría dar lugar a que otros beneficiarios de la misma asignación vayan por el mismo camino como los expresidentes Carlos Menem, Cristina de Kirchner, Estela Martínez de Perón y Adolfo Rodríguez Saá, entre otros.

De la Rúa viene reclamando la exención desde hace años. Su planteo es que esa quita del 35% destruía "la equivalencia y la identidad consagradas por la ley" con las que perciben los ministros de la Corte e invocó la "intangibilidad" de su salario que fija la Constitución nacional. Sin embargo, el reclamo se topó primero con la negativa de la AFIP en sede administrativa. El entonces jefe de la División Revisión de Recursos de la Regional Palermo de la Dirección General Impositiva (DGI) rechazó su pedido, que por entonces se centraba en el período fiscal 2009.

Para la AFIP, ese argumento es falaz. Planteó que todo aquel que recibe algún tipo de pensión por las leyes 21.540 (obispos, arzobispos de las Fuerzas Armadas y vicariato castrense), 21.607 (quienes han obtenido u obtuvieren un premio Nobel) y 24.018 (jueces, funcionarios judiciales, funcionarios públicos, presidentes y vicepresidentes de la Nación) "derivan de la prestación del servicio que en el transcurso de su vida activa han desarrollado", es decir de sus trabajos, y que, por tanto, sí debían quedar alcanzadas por Ganancias, según publicó el diario La Nación.




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