Nueva denuncia contra Macri por la privatización de Arsat 3

Política

La presentación se realizó luego de la difusión de una investigación periodística, en el programa Economía Política de C5N, en el que se dio a conocer un procedimiento iniciado por el Gobierno para asociarse con una empresa de Estados Unidos.

La justicia federal recibió una denuncia contra el presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña, el ex Ministro de Comunicaciones Oscar Aguad y directivos de la estatal ARSAT Rodrigo de Laredo, y Henoch Aguiar por abuso de autoridad y administración fraudulenta por un acuerdo para la transferencia de recursos de la empresa pública, en clara violación de la Ley 27.208 de Desarrollo de la Industria Satelital.

La denuncia fue realizada por Jorge F. Cholvis, Eduardo S. Barcesat y Arístides Corti, abogados, integrantes de la Asociación Civil Instituto Arturo E. Sampay y recayó ante el juez Daniel Rafecas con intervención del fiscal Guillermo Marijuan, quienes ya habían recibido una presentación similar realizada por un grupo de diputados.

ARSAT es la empresa nacional encargada de brindar servicios de telecomunicaciones a través de una combinación de infraestructuras terrestres, aéreas y espaciales.

La presentación se realizó luego de la difusión de una investigación periodística, en el programa Economía Política de C5N, en el que se dio a conocer la existencia de un procedimiento iniciado por el Poder Ejecutivo Nacional para a asociarse con una empresa de Estados Unidos, llamada Hughes Network Systems, una de las más grandes de servicios satelitales del mercado norteamericano, a fin de crear una nueva sociedad en nuestro país para terminar la construcción y desarrollar la explotación comercial del satélite Arsat-3.

Los denunciantes pidieron a la justicia la investigación de supuestas graves irregularidades de procedimiento y requirieron varias medias de prueba.

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De acuerdo a la presentación, "se acuerda la transferencia del 51%, con opción a un porcentual mayor, de las acciones Clase A de AR-SAT, acto este que se encuentra comprendido en la taxativa prohibición de obrar de los funcionarios públicos y directivos de AR-SAT, sin autorización previa del Congreso de la Nación, conforme lo establece el art. 8 de la Ley 27.208, de Desarrollo de la Industria Satelital, autorización que requiere el voto afirmativo de dos tercios de los miembros que integran el H. Congreso de la Nación".

Según se consigna, forma parte del pre-contrato, la transferencia, en beneficio de la nueva empresa que surja de este "joint-venture", de las bandas de frecuencias de titularidad de AR-SAT. Este obrar requiere, igualmente, de la autorización previa del H. Congreso de la Nación, también con la mayoría calificada de los 2/3 de los votos afirmativos de los miembros del Poder Legislativo (art. 14, Ley 27.208).".

En la presentación se advierte que "el pre-contrato se celebra bajo rigurosas cláusulas de confidencialidad (capítulo 3), en ninguna de cuyas disposiciones se hace alusión o referencia a la autorización previa del Congreso de la Nación establecida por la Ley 27.208. Aparecen como únicas autoridades de intervención el Ministerio de Comunicaciones (OSCAR AGUAD) y la Jefatura de Gabinete de Ministros (MARCOS PEÑA)".

Además se pacta expresamente, como ley aplicable, la del Estado de Nueva York (EEUU).

"Como se advierte, lo que es esencial para la hipotética existencia de un pre-contrato que tenga este objeto, y que es el previo acuerdo del Congreso de la Nación Argentina, con el voto afirmativo de 2/3 de sus miembros, no se menciona en ninguna de sus cláusulas", sostuvo Barcesat.

Además resaltó que "debe ponerse de relieve que en conferencia de prensa brindada por el Presidente Ingº MAURICIO MACRI, de fecha 18 de julio de 2017, difundida por todos los medios audio-visuales, el funcionario dio apoyo a la iniciativa del joint-venture con la empresa extranjera, y en lo que más interesa, cuando se le preguntó por el periodismo presente si no era menester la autorización previa del Congreso de la Nación, se limitó a manifestar "...que no lo tenía claro..." Se pidió a la justicia que controle la legalidad del procedimiento.

"No pedimos del Poder Judicial que se pronuncie sobre la razonabilidad y criterios de conveniencia y oportunidad de sus términos –por más abominables que sean-; lo que requerimos es que ejerza el control de legalidad (autoridad y procedimiento), que es su razón de ser (art. 3, Ley 27), y que en resguardo de la manda del art. 1º del C. Penal de la Nación, advierta, investigue y castigue, esta conducta delictiva que producida en territorio de la Nación Argentina está igualmente destinada a producir efectos en esta Nación, cuyo pueblo, a tenor de lo normado por los Artículos 1.2 de los Pactos Internacionales de Naciones Unidas, de Derechos Civiles y Políticos, y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (asrt. 75, inc. 22º, C.N.), es titular de las riquezas y recursos naturales que se encuentran en su territorio, y depende de ese pueblo el determinar su destino, sin que autoridad alguna pueda producir tamaño despojo, que es lesivo tanto del deber de obediencia a la supremacía de la Constitución Nacional (art. 36), como del anatema infamante del art. 29 de la Ley Suprema de la Nación", solicitaron los abogados.

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