Revés judicial para el gobierno porteño por el aborto no punible

Política

La justicia suspendió los requisitos impuestos por el macrismo para frenar los abortos no punibles por considerarlos ilegítimos.

La medida cautelar de la jueza Patricia López Vergara frenó los requisitos que había interpuesto el gobierno de Mauricio Macri para evitar la concreción de abortos no punibles. De esta forma, los hospitales públicos no podrán exigir que se demuestre el peligro para la salud o vida de la mujer, ni certificación de la insanía o discapacidad mental.

El fallo dice que "no deberá en lo sucesivo exigir que se demuestre que el riesgo para la salud o la vida de la mujer que solicita un aborto no punible sea grave o inminente, bastando que dicho riesgo sea potencial".Tampoco se exigirá la acreditación de la mujer con discapacidad intelectual o psico-social que demande la práctica.

La medida fue dictada en el marco de un amparo colectivo interpuesto en conjunto por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), que tramita ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 2 de la Ciudad de Buenos Aires, actualmente a cargo del juez Roberto Gallardo.

El amparo busca que se declare  inconstitucional la exigencia de requisitos que considera ilegítimos incluidos en la Resolución 1252/2012 del Ministerio de Salud porteño que obstaculizan arbitrariamente el acceso al aborto no punible de las mujeres en general y de ciertos grupos en particular –adolescentes, mujeres con discapacidad, víctimas de violación- en el sistema de salud público de la Ciudad.

Además, solicitan que se ordene al Gobierno local adecuar los puntos cuestionados de la Resolución de conformidad con los estándares de derechos humanos expuestos en la presentación. Asimismo, el fallo ordenó al Gobierno de la Ciudad  crear un sistema de apoyo y salvaguarda para acompañar la decisión de las mujeres con discapacidad.

Este apoyo lo podrán prestar asistentes personales, pares, amigos o cualquier otra persona, "con el requisito de que el sistema se sustente en la confianza, se proporcione con respeto y nunca en contra de la voluntad de la persona con discapacidad", afirma la jueza.

El Director Ejecutivo de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) Álvaro Herrero dijo: "Esta decisión es muy valiosa ya que viene a reparar las consecuencias discriminatorias e ilegítimas de la política de salud sexual y reproductiva del gobierno de la ciudad de Buenos Aires, que hasta ahora ha hecho caso omiso del fallo "FAL" de la Corte Suprema de Justicia de marzo de 2012".

"A más de un año de dicha sentencia, la administración de Macri no ha tomado ninguna medida conducente para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto por el máximo tribunal de la nación, perpetuando así una violación estructural a los derechos humanos de las mujeres", advirtió Herrero en un comunicado difundido por la ADC.

Esta resolución amplía una medida cautelar vigente dictada por la misma jueza, que ya había suspendido otros requisitos de la resolución mencionada, como la intervención obligatoria de un equipo interdisciplinario en el proceso y el aval del director de hospital donde se realice la práctica o el límite gestacional de 12 semanas para los casos de violación..

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