Ley de derribo es pena de muerte

El senador nacional sale al cruce de las voces de la oposición que reclaman la sanción de una ley de derribo como forma de luchar contra el narcotráfico.

Escribe Aníbal Fernández (*)

Dijo Federico Pinedo: "Para (Agustín) Rossi ley de derribo es "pena de muerte sin juicio previo. Cuando policía mata a un delincuente también hace eso?". Para variar, el diputado Federico Pinedo no entiende nada. El policía puede dar muerte a un delincuente únicamente en los casos en que exista necesidad racional (Artículo 34 inciso 6º Código Penal). ¿Por ello avalaron a policía metropolitana cuando mataron a palos a enfermos del Borda? Curso de derecho Penal y Constitucional para Pinedo.

Artículo 303 de Código Brasileño de Aeronáutica dice: "agotados los medios coercitivos legalmente previstos la aeronave será clasificada como hostil, estando sujeta a la medida de destrucción". Aclara que requiere la autorización del Presidente de la República o de la autoridad delegada por él. En 2004 el Presidente Luiz Inácio Lula Da Silva por Decreto 5144 reglamentó Artículo 303 en lo relativo a destrucción de aeronaves. ¿Cuántas aeronaves derribaron? NINGUNA.

Necesitamos inteligencia y no derribo. Matando distribuidores, le haríamos la cosa fácil a los narcos. Los muertos no cuentan nada.

(*) Aníbal Fernández es senador nacional por el Frente para la Victoria y ex jefe de Gabinete de la Nación

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