Los funcionarios estarán obligados a informar los regalos que reciban
El gobierno nacional reglamentó este lunes el Régimen de Obsequios a Funcionarios Públicos, por medio del cual los funcionarios deberán informar los obsequios que reciban.
Mientras tanto, en caso de que un funcionario público reciba un obsequio por razones de cortesía o costumbre diplomática deberá comunicar dicha recepción a la máxima autoridad del organismo.
Además, la reglamentación especifica que los datos obrantes de estos registros se encontrarán disponibles en el sitio web de la Oficina Anticorrupción (www.anticorrupcion.gov.ar) y en el Portal de Datos Abiertos del Ministerio de Modernización (www.datos.gob.ar). Este decreto sigue los estándares internacionales y las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la Organización de los Estados Americanos (OEA) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
El artículo 18 de la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública N° 25.188, que llevaba 16 años sin reglamentarse, establece que "los funcionarios públicos no podrán recibir regalos, obsequios o donaciones, sean de cosas, servicios o bienes, con motivo o en ocasión del desempeño de sus funciones" y agrega que "en el caso de que los obsequios sean de cortesía o de costumbre diplomática la autoridad de aplicación reglamentará su registración y en qué casos y cómo deberán ser incorporados al patrimonio del Estado, para ser destinados a fines de salud, acción social y educación o al patrimonio histórico cultural si correspondiere".
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