La AFIP impuso nuevos controles a monotributistas: ¿qué hacer si te excluyeron?

Economía

El organismo puede contar con la información de los movimientos de argentinos y residentes locales en unos 50 países.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya cuenta con dos nuevos mecanismos de control para detectar casos de evasión fiscal relacionados con monotributistas, y de bienes y dinero depositados en el exterior.

Desde ahora el organismo puede contar con la información de los movimientos de argentinos y residentes locales en unos 50 países, para detectar potenciales casos de evasión, porque entran a regir los acuerdos bilaterales firmados por la Argentina.

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La AFIP ya incluyó en el portal Monotributo los datos que conoce sobre los ingresos y gastos del contribuyente, bajo el título "Esto es lo que sabemos de vos".

La información incluye las facturas electrónicas realizadas y recibidas, el monto total de cuotas de monotributo pagadas y los gastos con tarjeta de débito y crédito, desde agosto del 2016.

La página permite también realizar el trámite de recategorización a los tres millones de monotributistas inscriptos en el organismo.

Estos son los pasos a seguir si te excluyen del Monotributo

¿Qué significa qué me excluyeron de pleno derecho?

Que ya no cumplo con algunos de los parámetros y condiciones para ser monotributista.

Monotributo

¿Cuáles son los motivos de exclusión?

  • La suma de tus ingresos brutos excede el máximo establecido.
  • La superficie o costo de alquiler de tus locales superan los máximos establecidos.
  • No alcances la cantidad mínima de trabajadores en relación de dependencia para las categorías I, J o K
  • Superes el precio máximo unitario de venta.
  • Adquieras bienes o realicen gastos personales por un valor diferente a los ingresos declarados, y estos no se encuentren debidamente justificados.
  • Tus depósitos bancarios sean diferentes con los ingresos declarados en el momento de la categorización.
  • Realizaste importaciones de bienes o servicios.
  • Realizaste operaciones sin haber facturado.

¿Qué debo hacer si me excluyeron?

  • Podés presentar una apelación hasta el martes 26 de septiembre, inclusive.

¿En qué situación quedo?

  • Deberás darte de alta en el Impuesto a las Ganancias, IVA, como Empleador y como Autónomo, según corresponda, con Clave Fiscal por el servicio "Sistema Registral".
  • Deberás pagar tus impuestos únicamente mediante transferencia electrónica, utilizando un Volante Electrónico de Pagos (VEP).
  • Deberás emitir facturas por tus operaciones. Como responsable inscripto abarca a los comprobantes clase "A", "A con leyenda" o "M".
  • Presentar y pagar las declaraciones juradas en las fechas que corresponda de acuerdo a la terminación de tu CUIT.
  • Deberás exhibir el Formulario N° 960- Data Fiscal.

¿Cómo me lo comunica la AFIP?

  • Por correo electrónico a quienes lo hayan registrado.
  • A través de la E - Ventanilla
  • Campaña telefónica
  • Consulta pública en el sitio exclusivo para monotributistas www.monotributo.afip.gob.ar donde podés colocar la CUIT y verificar si se encuentra excluido o no del régimen.
  • Publicación del listado completo en el Boletín Oficial.

¿Qué debo tener en cuenta como Monotributista?

  • Descargar al celular la aplicación de Mi Monotributo donde te enviamos todas las notificaciones importantes
  • Ingresar al portal exclusivo www.monotributo.afip.gob.ar donde regularmente se comunican todas las novedades.

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