Cuánto tiempo queda para justificar la no emisión del voto

Política

Aquellos ciudadanos que no hubieran sufragado el 27 de octubre deberán mostrar sus justificaciones ante la justicia electoral para no ser multados ni incluidos en el Registro de Infractores.

Aquellos ciudadanos que no hubieran votado en los últimos comicios del 27 de octubre deberán justificar su ausencia dentro de los 60 días, según precisión la Secretaría Electoral del Juzgado Federal a cargo de María Servini de Cubría.

En la Capital Federal, los electores deberán justificar su no emisión del voto en Tucumán 1320, de lunes a viernes de 7:30 a 16:30. A partir del 18 del mismo mes el horario será hasta las 13:30.

En los otros distritos, podrán tramitar la justificación en la Secretaría Electoral de cada provincia o en la Cámara Nacional Electoral, sita en Leandro N. Alem 235, en caso de estar en la CABA.

Este año se creó el Registro de Infractores al deber de votar, en el cual figuran los electores mayores de 18 años y menores de 70 que no hayan emitido su voto ni justificado la omisión. Los infractores deberán pagar una multa de 100 pesos.

Si, en cambio, alguno no votó por no estar en el padrón, deberá hacer el reclamo ante la Justicia Electoral a fin de ser incluido en el padrón para las próximas elecciones.

Si el elector votó pero olvidó retirar la constancia y, eventualmente, aparece en el registro de infractores al deber de votar, deberá presentarse ante la Justicia Electoral a fin de que se verifique la existencia de su firma en el padrón y así ser suprimido del mencionado registro.

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