La Justicia declaró inconstitucional el DNU que modifica la Ley de Migraciones

Política

Se trata de un decreto que modificaba la ley y fijaba condiciones más estrictas para el ingreso y permanencia de extranjeros en el país.

La Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal declaró este viernes inconstitucional el decreto de necesidad y urgencia (DNU) firmado por el presidente Mauricio Macri en enero del 2017, que modificaba la ley de Migraciones y fijaba condiciones más estrictas para el ingreso y permanencia de extranjeros en el país.

El tribunal, integrado por los camaristas Jorge Alemany, Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani, consideró que no existe en el país una "situación crítica" que amerite la adopción de "medidas urgentes" sin la intervención del Parlamento para avanzar hacia una reforma de la política migratoria.

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"La fundamentación estadística no parece justificar que se eluda la intervención del Congreso Nacional", evaluó la Sala V, que revocó así una sentencia de primera instancia e hizo lugar a apelaciones presentadas por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Comisión Argentina para los Refugiados y Migrantes (Caref) y el Colectivo por la Diversidad (Copadi).

En enero del 2017, Macri firmó un DNU que introducía cambios a la Ley de Migraciones (25.871) que, para las organizaciones migrantes de Argentina, "estigmatizaba a los extranjeros, cargándolos con el estigma del narcotráfico".

En octubre del año pasado, un fallo del Juzgado en lo Contencioso Adminisrativo Federal 1, a cargo de Ernesto Marinelli, convalidó el decreto que agilizaba los procesos de expulsión del país de extranjeros con causas penales, tras una demanda colectiva presentada por organizaciones civiles.

Sin embargo, ese fallo fue apelado por el CELS, Caref y Copadi (además de los Defensores del Pueblo de la ciudad y la provincia de Buenos Aires, cuyas presentaciones fueron desestimadas).

Este viernes, la Sala V de la cámara revocó lo resuelto por el juez Marinelli y declaró la "invalidez constitucional del decreto 70/2017" por entender que los "datos fácticos" a los que alude el DNU "no aparecen debidamente acreditados".

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