Una consulta popular vinculante, la opción que analizan los defensores de la legalización del aborto

Política

El diputado Daniel Lipovetzky admitió que, en caso de que el Senado rechace la ley de IVE, y ante un sistema de representación tan dividido, podría apelarse al sistema de democracia directa. Que sea el pueblo el que decida.

El diputado nacional de Cambiemos (PRO) y una de las principales espadas en la Cámara Baja del movimiento que busca la sanción de la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), Daniel Lipovetsky, adelantó una nueva alternativa para avanzar en la legalización del aborto en caso de que el Senado rechace este miércoles su sanción.

"Hay que esperar a ver qué es lo que resuelve el Senado hoy, pero en caso de que rechace el proyecto una posibilidad es que se convoque a un consulta popular vinculante, es una posibilidad porque cuando el sistema de representación que tiene la gente que es el Congreso está tan dividido (y no puede resolver una cuestión) en ese marco amerita que intervengan los sistemas de democracia directa como puede ser una consulta tal como está previsto en el artículo 40 de la Constitución Nacional" aseguró Lipovetzky este miércoles en declaraciones radiales.

"Cuando el sistema de representación, que es el Congreso, está tan dividido, amerita que intervengan los sistemas de democracia directa como la consulta popular vinculante"

De acuerdo con el artículo 40 de la Constitución Nacional "el Congreso, a iniciativa de la Cámara de Diputados, podrá someter a consulta popular un proyecto de ley. La ley de convocatoria no podrá ser vetada. El voto afirmativo del proyecto del pueblo de la Nación lo convertirá en ley y su promulgación será automática".

Según la ley 25.432 de Consulta Popular "la ley de convocatoria a consulta popular vinculante deberá tratarse en una sesión especial y ser aprobada con el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes en cada una de las Cámaras".

El voto es obligatorio pero la consulta popular vinculante será válida sólo si al menos el 35% del padrón electoral emite efectivamente su voto.

Si el proyecto sometido a consulta popular vinculante obtiene la mayoría de votos válidos afirmativos se convierte automáticamente en ley y debe ser publicada en el Boletín Oficial dentro de los 10 días hábiles posteriores a la proclamación del resultado del comicio por la autoridad electoral.

En una consulta popular vinculante el voto es obligatorio y en caso de aprobarse, la iniciativa se sanciona con fuerza de ley de manera automática

En caso de ser rechazado el proyecto de ley "no podrá ser reiterado sino después de haber transcurrido un lapso de dos años desde la realización de la consulta y tampoco podrá repetirse la consulta durante el mismo lapso".

En la Argentina existe un solo antecedente de consulta popular. Fue en 1984 para aprobar la celebración de un tratado con Chile por el conflicto del Canal de Beagle y en el que el "Sí" se impuso por el 81,13% de los votos. Se trataba de un plebiscito no vinculante.

En aquella ocasión, el entonces presidente Raúl Alfonsín argumentó: “Queremos que todos los argentinos participen tomando posición acerca de si conviene o no dar solución rápida y pacífica a un problema que constituye un elemento de tensión con Chile hace un siglo. Es un problema territorial, no una ley más”.

El 29 de noviembre de ese año, 4 días después de la consulta popular el canciller Dante Caputo y su par chileno, Jaime del Valle Alliende firmaron el Tratado de Paz y Amistad en el Vaticano.

Argentina reconocía la soberanía chilena sobre las islas al sur de la Isla Grande de Tierra del Fuego salvo las situadas al norte del Canal de Beagle y el Estrecho de Magallanes

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