Un restaurante recurrió a la Justicia para pagar los salarios de marzo

Sociedad

La justicia federal considera que el pago de sueldos es una cuestión de "urgencia", y habilitó la feria extraordinaria para tratar un pedido de un crédito solicitado por los dueños de un restaurante para pagar salarios.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal sostuvo que lo relacionado a los sueldos no admite demora y habilitó la feria judicial extraordinaria dispuesta por la Corte en el marco de la pandemia por Covid-19.

“La cuestión suscitada en torno a la posibilidad de la accionante de acceder a la línea de crédito implementada por el decreto 326/20 con el fin de afrontar el pago de los sueldos de marzo de la totalidad de sus empleados, constituye una cuestión de urgencia que habilita el tratamiento de la pretensión”, dice el fallo.

El caso se inició con el pedido de los dueños de SteakHouse S.A, que promovió una demanda contra BICE Fideicomisos S.A., como administradora del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr) y Garantizar Sociedad de Garantía Recíproca tendiente a que se les ordene avalar el crédito solicitado una entidad bancaria, el Banco Itaú por 2.087.388,61 pesos para pagar los salarios del mes de marzo.

Los dueños del restaurante solicitaron también que se dicte una medida cautelar tendiente a que se ordene el otorgamiento del crédito equivalente al 100 por ciento de la masa salarial correspondiente a los casi 50 empleados que tiene el comercio.

La justicia de primera instancia había rechazado habilitar la feria judicial al considerar que los argumentos expuestos por Steakhouse S.A. “no revestían suficiente entidad” como para disponer una medida excepcional.

La firma apeló y aseguró haber dado cumplimiento a todos los requisitos establecidos por el Ministerio de Desarrollo Económico para acceder a los créditos, lo que sí fue admitido ahora por la Cámara.

En el fallo, los camaristas José López Castiñeira, Marcelo Duffy y Guillermo Treacy manifestaron que “la demora en el otorgamiento del préstamo generaría daños irreparables que se traducirían en la falta de ingresos de los 49 trabajadores que conforman su nómina salarial, con el consiguiente impacto en su subsistencia y la de sus familias”.

“La cuestión suscitada en torno a la posibilidad de la accionante de acceder a la línea de crédito implementada por el decreto 326/20 con el fin de afrontar el pago de los sueldos de marzo de la totalidad de sus empleados, constituye una cuestión de urgencia que habilita el tratamiento de la pretensión”, indica el fallo.