¿A qué gastos en dólares no se le aplica el recargo del 35%?

Sociedad

El Banco Central impuso un recargo extra en pagos de bienes y servicios en dólares, y en la compra de divisas, pero hay ciertas áreas que no se verán afectadas.

Mientras el público está, calculadora en mano, viendo cómo se verán afectados sus gastos fijos o su capacidad de ahorro ahora que el Banco Central aplicará el 35% de recargo en los pagos en dólares en concepto de Ganancias o Bienes Personales, cabe destacar que algunas áreas no se verán afectadas por la medida.

Por ejemplo, los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos no están alcanzados por la disposición del Banco Central.

Tampoco tendrán el 35% de recargo los gastos asociados a proyectos de investigación a cargo de equipos que se desempeñen en el ámbito del Estado nacional, Estados provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, o de las universidades e instituciones integrantes del sistema universitario argentino.

La aquisición en el exterior de materiales de equipamiento y demás bienes destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población por parte de las entidades reconocidas en la Ley N° 25.054 y sus modificatorias tampoco estarán alcanzadas por el recargo del 35%, que es un pago a cuenta del impuesto a las Ganancias o Bienes Personales.

Se supone que la exención es automática, que quien realice gastos en alguna de estas áreas no tendrá que hacer trámites extra para evitar que le cobren el 35% de recargo.