La Justicia revisará las leyes del perdón
Fueron declaradas inconsitucionales por la Corte.
Los abogados del dictador consideran que sería juzgado dos veces por el mismo hecho en la causa por el Plan Cóndor.
La Cámara Nacional de Casación Penal aceptó revisar la validez constitucional de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, ante un planteo formulado por los abogados defensores del ex jerarca de la última dictadura Jorge Rafael Videla.
La sala IV del máximo tribunal penal del país revocó una resolución de la Cámara Federal que había desestimado la presentación de Videla y se adentrará en el tema, pese a que ambas leyes ya fueron declaradas inconstitucionales por la Corte Suprema de Justicia.
Casación concedió los recursos presentados por los abogados del ex dictador, Oscar Tavares y Alberto Rodríguez Varela, en la causa que investiga lo ocurrido en el marco del "Plan Cóndor", donde Videla está procesado y con pedido de juicio oral por parte la fiscalía y los querellantes.
El juez federal Guillermo Montenegro ya dictó la inconstitucionalidad de las leyes 23492 y 23521 en esa investigación referida al plan orquestado entre dictaduras latinoamericanas para perseguir, secuestrar y asesinar a opositores políticos. Esa decisión fue confirmada por la sala I de la Cámara Federal, que consideró a las normas incompatibles con tratados internacionales sobre derechos humanos. Pero sobre todo, las mismas leyes fueron declaradas inválidas por la Corte Suprema de Justicia cuando intervino en otra causa, el "caso Simón", que investiga también delitos de lesa humanidad contra detenidos y desaparecidos durante la última dictadura militar.
Los abogados de Videla sostuvieron que la declaración de invalidez de las leyes del perdón dio lugar a la "violación del principio penal que impide juzgar dos veces por el mismo hecho".
Los abogados del ex miembro de la primera Junta Militar de la dictadura sostuvieron que la declaración de invalidez de las leyes exculpatorias dio lugar a la "violación del principio penal que impide juzgar dos veces por el mismo hecho".
La referencia apuntó a la sentencia dictada por la Cámara Federal en pleno en 1985 en la "causa 13" -juicio a las juntas militares-, donde Videla fue condenado por delitos de lesa humanidad, en un fallo luego confirmado por la Corte. La defensa argumentó, también, que los hechos investigados fueron anteriores a los tratados sobre derechos humanos invocados por el juez y la sala I de la Cámara Federal y que estas normas no pueden aplicarse de manera retroactiva.
Los camaristas Gustavo Hornos, Ana María Capolupo Durañona y Vedia y Eduardo Riggi, se analizarán ahora el planteo de fondo hecho por Videla respecto de la validez de las leyes dictadas en el gobierno de Raúl Alfonsín. "Las leyes cuya inconstitucionalidad fue declarada fueron leyes de amnistía dictadas por el Congreso, dentro de un Gobierno democrático y de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución", argumentaron los defensores de Videla.
Las leyes de Obediencia Debida y Punto Final fueron declaradas nulas por el Congreso en el 2003 y luego la Corte Suprema dictó su inconstitucionalidad en un caso puntual que sentó precedente para todas las demás causas por violaciones a derechos humanos en la dictadura.
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