Suprema Corte falla a favor de las madres mexicanas y ya no están obligadas a colocarle primero el apellido del padre a sus hijos

Adiós al patriarcado en el acta de nacimiento. En una decisión unánime, el máximo tribunal declara inconstitucional la imposición automática del apellido paterno, otorgando a las familias libertad absoluta para decidir el orden y la composición de los nombres.

La tradición de registrar a los hijos anteponiendo obligatoriamente el apellido del padre ha llegado a su fin legal. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha transformado radicalmente la estructura de la identidad en México al declarar inconstitucional esta práctica, calificándola como una medida que refuerza estereotipos de género y viola el principio de igualdad.

El fallo, emitido por unanimidad de los nueve ministros en mayo de 2025 y publicado oficialmente en diciembre, surge tras una impugnación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra la Ley del Registro Civil de Yucatán. Sin embargo, su alcance va mucho más allá de la península: establece un estándar nacional de libertad familiar.

¿Por qué la Suprema Corte falló a favor de las madres?

El tribunal determinó que el Estado no tiene derecho a interferir arbitrariamente en la vida privada de las familias imponiendo una jerarquía basada en el sexo de los progenitores. Obligar a que el apellido paterno vaya primero, por el simple hecho de ser el padre, vulnera los artículos 1 y 4 constitucionales, así como diversos tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La sentencia es clara: el orden de los apellidos debe ser fruto del común acuerdo entre padre y madre, garantizando así la equidad en la pareja y el derecho a la identidad.

SUPREMA CORTE JUSTICIA MEXICO

La ley de apellidos en México

Más allá de definir quién va primero, la resolución derribó otra barrera burocrática absurda. El artículo 40 de la ley impugnada prohibía a los padres crear apellidos compuestos, obligándolos a elegir "única y exclusivamente" el primero o segundo apellido simple de cada uno.

Con este fallo, esa restricción queda eliminada. Ahora es posible:

  • Fusionar apellidos: Si la madre es López Peña y el padre Hernández Pérez, pueden registrar al hijo con combinaciones como López-Peña Hernández.

  • Usar conectores: Se avala el uso de guiones, preposiciones o la conjunción "y".

  • Preservar legados: Apellidos tradicionales como Pérez-Gay o López de la Vega podrán transmitirse íntegramente a los descendientes sin sufrir mutilaciones forzadas por el sistema.

Dejá tu comentario