Gils Carbó rechazó el pedido de remoción del fiscal Carlos Gonella

Sociedad

La Procuradora remitió el caso al Consejo de la Magistratura, tras rechazar la solicitud del juez Claudio Bonadio.

Además, calificó de "gravedad institucional" e "inconstitucional" la declaración de rebeldía y la prohibición de salida del país impuesta por el juez Bonadio al fiscal general a cargo de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), Carlos Gonella, en tanto constituye un avasallamiento a la autonomía de los fiscales.

La jefa de todos los fiscales remitió las actuaciones al Consejo de la Magistratura "para que allí se tomen las medidas que correspondan a semejante avasallamiento".

La semana pasada, luego de que Gonella no se presentó a declarar en una causa en la que está acusado de violación de secretos por difundir datos de una causa sobre narcotráfico, Bonadío pidió su desafuero, lo declaró rebelde y le prohibió la salida del país.

Gils Carbó señaló que el pedido formulado por Bonadio se enmarca en una causa penal que pretende criminalizar una actividad propia del Ministerio Público Fiscal, como es la política institucional de rendir cuentas a la sociedad a partir de la difusión de noticias en el sitio fiscales.gob.ar.

"La persecución penal por la difusión de noticias sobre la actuación de los fiscales involucra el derecho a la libertad de expresión y acceso a la información pública garantizado por la Constitución Nacional y los instrumentos internacionales de derechos humanos", precisó en ese sentido.

Gils Carbó indicó que el requerimiento de remoción de Gonella está fundado en que no se presentó a una audiencia a brindar declaración indagatoria. Sin embargo, la validez de la convocatoria está pendiente de revisión por tribunales superiores, por lo que no sólo no se encuentra firme, sino que la no comparecencia no representa una causa de destitución de magistrados, taxativamente previstas por la Ley Orgánica del Ministerio Público.

Asimismo la procuradora general consideró que la situación "se torna aún más grave si se tiene en cuenta que en la misma resolución el juez federal declaró la rebeldía del fiscal general Carlos Gonella y le prohibió salir del país, desconociendo así la inmunidad funcional de la que goza todo magistrado del Ministerio Público por mandato del artículo 120 de la Constitución Nacional". En particular, precisó que la inmunidad de arresto está expresamente reglamentada por los artículos 14 de la ley 24.946 y 1 de la ley 25.320, sobre la que doctrina y jurisprudencia coinciden en que protege a los magistrados de toda medida restrictiva de su libertad.

"Impedir que el fiscal general Carlos Gonella salga del territorio nacional se vuelve una medida a todas luces arbitraria que debe ser rectificada con la mayor premura. Sin duda, cuando el constituyente decidió establecer las inmunidades funcionales de los fiscales buscó evitar situaciones de este tipo, en la que un juez, sin fundamento alguno y previo al correspondiente proceso de remoción, impide que un fiscal continúe cumpliendo las altas misiones que la suscripta le asigna en el marco de investigaciones transfronterizas y foros internacionales que requieren su presencia en el exterior".

Finalmente, la titular del Ministerio Público Fiscal expresó que es su deber "no consentir este tipo de maniobras inadmisibles y asegurar a cada uno de los magistrados la tranquilidad de espíritu imprescindible para el correcto desempeño de su función".

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