Reglamentan los registros de exportación de carnes

Economía

El gobierno reglamentó hoy el funcionamiento de los Registros de Operaciones de Exportación (ROE) de carnes. De acuerdo a un comunicado de la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (Oncca) los exportadores deberán tener un mínimo de toneladas almacenables para el mercado interno, para luego poder exportar.

Los establecimientos exportadores deberán llenar una declaración jurada en la que declaran su capacidad de almacenamiento, de la cual deberán reservar el 75% para el consumo interno. El remanente de producción será lo que pueda exportarse.

Según el ejemplo citado en el comunicado, si un frigorífico posee una capacidad de almacenamiento de 100 toneladas y un stock existente de 90 toneladas, su encaje productivo exportador será de 75 toneladas y su remanente exportable de 15 toneladas.


 


El acuerdo político para reabrir el registro estaba el viernes pasado, pero faltaba la reglamentación publicada hoy.

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