IMSS elimina requisito clave y miles de mujeres ahora sí reciben pensión de por vida gracias a fallo histórico de la Suprema Corte
La SCJN invalidó restricciones abusivas para acceder a la pensión por viudez. Las beneficiarias ya no deberán comprobar tiempo de matrimonio ni tener hijos.
Importante fallo de la Suprema Corte sobre pensiones del IMSS.
La pérdida de la pareja representa un golpe emocional devastador que, a menudo, viene acompañado de una profunda crisis financiera para los hogares mexicanos. Para frenar este desamparo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó de tajo los candados legales que impedían a miles de personas acceder a su legítimo derecho de seguridad social.
El máximo tribunal declaró inconstitucional exigir un mínimo de seis meses de matrimonio o la existencia de hijos en común para otorgar el apoyo económico por viudez.
Con la resolución unánime del amparo en revisión 470/2023, impulsado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, se invalidaron fracciones específicas de la Ley del Seguro Social. Los magistrados concluyeron que estas condicionantes resultaban discriminatorias y violaban las garantías fundamentales, obligando al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a entregar los recursos a los cónyuges sobrevivientes con el simple hecho de acreditar su vínculo legal con el trabajador o pensionado fallecido.
IMSS: blindaje contra la inflación y protección del poder adquisitivo
Además de flexibilizar el acceso, la justicia federal garantizó que los pagos no pierdan su valor real con el paso de los años. La Segunda Sala determinó que todas las pensiones por viudez del IMSS deben actualizarse anualmente utilizando el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), descartando por completo el uso del salario mínimo como tabulador de referencia.
Esta modificación resulta vital para la economía de los beneficiarios a largo plazo. Al desvincular la prestación del ámbito netamente laboral y reconocerla como un instrumento de protección social, el ajuste inflacionario asegura que las familias puedan mantener su capacidad de compra y hacer frente a los constantes incrementos en el costo de la canasta básica a lo largo del tiempo.
IMSS: un freno a la negligencia médica contra menores
La racha de sentencias protectoras hacia los sectores vulnerables también abarcó el rubro de la salud pública infantil. En un precedente histórico, la Corte condenó al IMSS a cubrir de manera vitalicia los tratamientos de una niña que perdió la vista a causa de una grave omisión clínica al momento de su nacimiento.
Para este caso particular de responsabilidad patrimonial, los ministros ordenaron que el cálculo de la indemnización compensatoria se realice tomando como base el salario mínimo vigente y no la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Esta excepción jurídica prioriza el interés superior de la niñez, garantizando que los recursos asignados sean verdaderamente suficientes para solventar las necesidades esenciales de las víctimas de mala praxis durante toda su vida.
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