La Suprema Corte le pone un límite a las reformas del ISSSTE que afectan a los pensionados

La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un fallo para garantizar el derecho de las personas pensionadas.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió en sesión de Pleno el 12 de enero de 2026, ponerle un límite a las reformas del artículo 74 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas.

Este artículo indica que reduce de 60 a 30 días el pago de aguinaldo a las personas pensionadas. La SCJN determinó que dicha reducción no viola el derecho humano a la seguridad social, al tratarse de una medida razonable y no arbitraria, orientada a garantizar la suficiencia presupuestaria y la sostenibilidad financiera del Instituto.

Sin embargo en este contexto, el máximo tribunal destacó que esta medida solo puede aplicarse a las personas que se pensionen con posterioridad a la entrada en vigor de la reforma, por lo que no puede tener efectos retroactivos en perjuicio de quienes ya contaban con una pensión reconocida.

Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)

La SCJN invalidó artículos del ISSSTE

El máximo tribunal confirmó que decidió invalidar los artículos 128 y 128 bis de la misma ley del ISSSTE, al considerar que las cláusulas que condicionan el otorgamiento de prestaciones y el cumplimiento de obligaciones exclusivamente a la capacidad financiera y a la reserva técnica del Instituto, generan un riesgo de afectación desproporcional al derecho a la seguridad social. La SCJN sostuvo que no es constitucional hacer depender el acceso o cumplimiento de prestaciones a factores financieros indeterminados.

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