Suprema Corte falla en contra del IMSS y lo obliga a pagarle la pensión a estos mexicanos ante la muerte de un trabajador

La Segunda Sala declara inconstitucional la regla que excluía a los padres del cobro si existían viuda o hijos.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha asestado un golpe jurídico a la burocracia del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en favor de la protección familiar ampliada. En una resolución histórica, el máximo tribunal declaró inconstitucional la exclusión automática de los padres de un trabajador fallecido del derecho a recibir pensión cuando existen otros beneficiarios, como el cónyuge o los hijos.

Hasta antes de este fallo, la ley operaba bajo una lógica excluyente: si había esposa o hijos, los padres del difunto quedaban fuera del reparto de la pensión, sin importar si el trabajador era quien los mantenía. La Corte ha terminado con esta práctica, ordenando que el beneficio se entregue en concurrencia.

IMSS

El fin de la exclusión en pensiones IMSS: todos caben en la pensión

La decisión fue tomada por la Segunda Sala el pasado 2 de julio de 2025, al resolver el amparo directo en revisión 826/2025. Bajo la ponencia del ministro Alberto Pérez Dayán y aprobado por unanimidad, se estableció que excluir a los ascendientes (padres) solo por la existencia de una familia nuclear propia del trabajador resulta discriminatorio.

El fallo protege específicamente a dos grupos vulnerables:

  • Padres adultos mayores.

  • Padres con discapacidad.

La condición sine qua non sigue siendo la dependencia económica. Si los padres demuestran que vivían del sueldo del hijo fallecido, el IMSS debe reconocerles su parte de la pensión, coexistiendo con los derechos de la viuda y los huérfanos.

Fallo contra el IMSS: adaptándose a la familia mexicana real

La resolución subraya una realidad sociológica innegable: en México, las redes de apoyo familiar son extensas y muchas veces un trabajador sostiene tanto a sus hijos pequeños como a sus padres ancianos.

"El derecho a la pensión debe adaptarse a la diversidad de los modelos familiares actuales, y no limitarse al esquema tradicional de cónyuge e hijos", se lee en los argumentos de la sentencia.

Al ignorar esta realidad, el Régimen de Pensiones del IMSS dejaba en el desamparo a los adultos mayores, violando sus derechos humanos a la seguridad social y a la vida digna.

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