Sandra Pettovello avala el Decreto 1852/1975: trabajadores podrán jubilarse a los 50 años a través de ANSES

Sociedad

Sandra Pettovello y la ANSES ratificaron la validez del Decreto 1852/1975, asegurando así la jubilación anticipada para quienes realizan labores insalubres.

El Gobierno nacional y la ANSES, entidad bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano encabezado por Sandra Pettovello, confirmaron la validez del Decreto 1852/1975. Esta regulación asegura la jubilación contemplada para el personal registrado que lleve a cabo tareas penosas, peligrosas o perjudiciales para la salud.

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Sandra Pettovello avala el Decreto 1852/1975: trabajadores podrán jubilarse a los 50 años

El marco legal del sistema previsional en la Argentina reconoce la necesidad de otorgar regímenes de jubilación de privilegio o diferenciales a aquellos trabajadores que se desempeñan en ambientes laborales caracterizados por una elevada penosidad, peligrosidad o un desgaste físico y psíquico prematuro.

Estas normativas especiales buscan compensar el impacto negativo que tales labores provocan sobre la salud a lo largo del tiempo, reduciendo los requisitos cronológicos de edad y años de aportes en comparación con el régimen general.

En ese contexto, mientras que los trabajadores embarcados que realizan tareas de dragado y balizamiento cuentan con la posibilidad de acceder al beneficio jubilatorio al alcanzar los 52 años de edad y acreditar 25 años de aportes, existen diversas ramas de la actividad formal que contemplan un límite de edad aún menor, permitiendo el retiro a partir de los 50 años:

  • Fundición y acería: Exige un mínimo de 50 años de edad y 25 años de servicios prestados en ambientes de alta temperatura y exposición continua a metales fundidos.

  • Exploración y perforación hidrocarburífera: Requiere 50 años de edad y 25 años de aportes para el personal abocado a tareas operativas de campo en la industria del petróleo y gas.

  • Minería en socavón: Establece el retiro a los 50 años de edad y 25 de servicios para quienes realizan labores subterráneas de extracción de minerales en condiciones de extrema exigencia física.

  • Fabricación de vidrio: Fija un requisito de 50 años de edad y 25 años de aportes para los operarios expuestos directamente a hornos e insumos químicos en el proceso de producción.

  • Hilado de rayón: Dispone la jubilación a los 50 años de edad con un total de 30 años de servicios en plantas textiles destinadas a la transformación de esta fibra sintética.

  • Industria cárnica: Beneficia específicamente a las mujeres que se desempeñan en sectores de producción con elevados niveles de ruido ambiental, requiriendo 50 años de edad y 27 de aportes.

Ministra de Capital Humano Sandra Pettovello

Ministra de Capital Humano Sandra Pettovello

Para aquellos trabajadores que a lo largo de su carrera laboral hayan alternado entre actividades comunes y tareas declaradas insalubres, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) aplicará un cálculo proporcional de prorrateo para determinar la edad exacta y la cantidad de aportes necesarios para acceder al beneficio.

Finalmente, resulta fundamental que las certificaciones de servicios extendidas por los empleadores acrediten de manera formal, explícita y precisa el encuadre insalubre de la función desempeñada, requisito sin el cual la ANSES no dará curso al trámite diferencial.

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