La Justicia de Estados Unidos anuló el veto migratorio a 75 países que impuso Donald Trump

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Una jueza neoyorquina declaró ilegal la suspensión de visados por país de origen, revirtiendo una política que, en la práctica, condenaba cualquier solicitud sin importar las condiciones particulares del aspirante.

En un revés judicial significativo para la agenda migratoria de la administración Trump, una jueza federal anuló este viernes la suspensión de visas de inmigrante que afectaba a 75 países. La magistrada Jeannette Vargas, del Tribunal Federal de Distrito de Manhattan, determinó que la medida, impulsada por el Departamento de Estado, contravenía la ley y excedía las facultades legales del secretario de Estado, Marco Rubio.

La política, vigente desde enero, paralizó la entrega de residencias permanentes para casi el 40% de las naciones del globo, incluyendo socios estratégicos como Brasil, Colombia, Egipto, Jordania y Georgia, además de naciones como Haití, Somalia y Rusia. La administración justificó la acción argumentando que buscaba impedir el ingreso de personas que pudieran volverse "carga pública" o dependientes de la asistencia social estatal.

Sin embargo, la jueza Vargas cuestionó severamente los fundamentos de la Casa Blanca. Su fallo establece que la norma viola una ley de 1965 que prohíbe explícitamente la discriminación por nacionalidad en la concesión de visados. Además, señaló que el Departamento de Estado se arrogó una atribución que la legislación le niega: la de interferir en la evaluación discrecional que los funcionarios consulares deben hacer caso por caso.

"Resultado premeditado": el argumento judicial para el revés a Donald Trump

La magistrada evidenció que la directriz operativa, enviada a todas las embajadas mediante un cable diplomático, ordenaba a los cónsules denegar las solicitudes de manera automática. "El resultado estaba predeterminado", escribió Vargas en su resolución, "la visa sería rechazada", incluso si el aspirante presentaba pruebas contundentes de solvencia económica, estabilidad laboral o arraigo familiar.

La decisión revoca todas las denegaciones que se sustentaron únicamente en esta disposición. No obstante, las negativas basadas en otros argumentos legales se mantienen vigentes, lo que genera incertidumbre sobre el alcance final de la anulación. El caso fue impulsado por seis ciudadanos estadounidenses que buscaban reagrupar a sus familias provenientes de Ghana, Jamaica, Guatemala y Etiopía, así como por cinco colombianos con ofertas de trabajo que vieron frustrados sus trámites.

Aunque la administración sufrió este revés, logró una pequeña victoria al conseguir que la jueza aceptara que la orden no era una norma formal sujeta a consulta pública previa. El equipo legal de Trump intentó ampararse en un precedente de la Corte Suprema de 2018 sobre el veto migratorio a naciones de mayoría musulmana, pero Vargas distinguió ambos casos, afirmando que aquel versaba sobre el control de fronteras, mientras que este atañe a la potestad para emitir o no un visado. Ahora, ambas partes tienen hasta el 11 de septiembre para presentar propuestas sobre cómo continuar el proceso, y el gobierno no descarta apelar el fallo.

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