Por unanimidad, la "muerte digna" es ley

El Senado aprobó el proyecto que permitirá rechazar terapias en casos de enfermedades irreversibles. Ahora debate identidad de género

La Cámara de Senadores de la Nación convirtió este miércoles en Ley el proyecto sobre “muerte digna” que les reconocerá a pacientes y familiares el derecho a limitar los esfuerzos médicos terapéuticos en casos de enfermedades terminales o irreversibles.

La iniciativa fue debatida durante cuatro horas y media por los senadores, que terminaron aprobándola por unanimidad, con 54 votos a favor.

De fuerte impacto social, el proyecto sobre la “muerte digna”, que había sido debatido y aprobado en Diputados, reconoce que "el paciente tiene derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, así como también a revocar posteriormente su manifestación de la voluntad".

Según establece la iniciativa, el paciente terminal podrá rechazar procedimientos, cirugías y "medidas de soporte vital, cuando sean extraordinarias o desproporcionados en relación a las perspectivas de mejoría" pero lo obliga a expresar su postura al facultativo, quien antes lo habrá informado sobre su real estado de salud, los tratamientos a realizar y sus consecuencias.

La "muerte digna" habilita a la cancelación de la alimentación parenteral, es decir el mantenimiento de la hidratación y la nutrición, por medio de suero, de los pacientes terminales.

En caso de que el paciente esté impedido de dar su consentimiento, se indica que serán sus familiares o los responsables legales quienes deberán hacer conocer la decisión de prolongar la agonía por medios artificiales.


 


Se explica que en el supuesto de incapacidad del paciente o imposibilidad de brindar el consentimiento informado a causa de su estado físico o psíquico, el mismo podrá ser dado por las personas mencionadas en el artículo 21 de la Ley 24.193 de Donación de Órganos.

Así, esta norma se incorpora como una modificación a la ley de Derechos del paciente. Durante el debate fue aclarado que no implica la legalización de la eutanasia ni el suicidio asistido.


 


Se especificó también que en todos los casos la negativa o el rechazo de los procedimientos mencionados no significará la interrupción de aquellas medidas y acciones para el adecuado control y alivio del sufrimiento del paciente.


 


Se enfatiza que ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo a las disposiciones de la ley, está sujeto a responsabilidad civil, penal, ni administrativa, derivadas de su cumplimiento.

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