Empresarios recurrirán a la Justicia si se aprueba la Ley de Abastecimiento
Reunidos en la UIA, los representantes de distintos sectores de la economía advirtieron que consideran "inconstitucional" la iniciativa.
Tras señalar que es necesario "revertir este proceso de caída de actividad y del nivel de empleo" que vive la Argentina, De Mendiguren consideró que "se está dando un remedio (por las modificaciones a la ley de Abastecimientoque no es para esta enfermedad" . "Nuestra preocupación es ver en qué punto afecta cada nivel de actividad que nosotros representamos, porque nuestra obsesión en revertir esta situación, porque la Argentina necesita dólares y los dólares no se pueden fabricar, así hay dos formas de generarlos:
vendiéndole al mundo más de lo que le compramos o a través de las inversiones", indicó De Mendiguren.
Al respecto, el secretario de la UIA y también diputado por el Frente Renovador, señaló que "las inversiones están dificultadas hasta que arreglemos el tema externo y las exportaciones hace falta incrementarlas, sobre todo las de mucho valor agregado".
Por su lado, Gabbi, que mañana tiene previsto recibir a la presidenta Cristina Kirchner en el aniversario de la Bolsa Comercio, adelantó que en su discurso va a "resaltar la importancia de la empresa en el país y lo que ha significado el cepo cambiario para la actividad" bursátil. Además, consideró que "tenemos que volver a recuperar la confianza para volver a recuperar los superávits gemelos", es decir comercial y fiscal.
A su turno, Brito coincidió en que el proyecto enviado por el Poder Ejectivo al Parlamento "afecta básicamente a al trabajador, porque va a generar menor fuentes de empleo".
El paquete de iniciativas que modifica la Ley Nº 20.680 de Abastecimiento está compuesto por tres proyectos de ley que apuntan a establecer un sistema de resolución de conflictos en las relaciones de consumo, crear un observatorio de precios y disponibilidad de insumos, bienes y servicios y una nueva regulación de las relaciones de producción y consumo, comenzará a ser tratado este martes en un plenario de comisiones del Senado.
El debate comenzará en el Salón Azul del Senado a las 17 en las comisiones de Derechos y Garantías, de Justicia y Asuntos Penales, de Industria y Comercio y de Presupuesto y Hacienda de la Cámara Alta. A la reunión de este martes fueron invitados como expositores representantes del Poder Ejecutivo Nacional y de las Asociaciones de Usuarios y Consumidores.
Entre las claves de los proyectos que son férreamente resistidos por los sectores empresariales se encuentran los siguientes puntos:
Proyecto de creación del servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC)
-
Los usuarios y consumidores podrán presentar reclamos cuyo monto no
exceda un valor equivalente a 55 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
Hoy, en 3.600 pesos.
- Es gratuito para el consumidor o usuario.
-
En la instancia de reglamentación de la ley, se determinará el
formulario de la denuncia y a través de que medio (correo electrónico,
por ejemplo) podrá presentarse.
- Todo el proceso no podrá durar más de 30 días.
- Si la empresa no se presenta a la audiencia de conciliación, deberá pagar una multa.
-
Si no se llega a un acuerdo, se podrá accionar ante la Auditoría de
Relaciones de Consumo, primero, y la Cámara Federal y Nacional de
Apelaciones en las Relaciones de Consumo o ante la Cámara Federal de
Apelaciones correspondiente.
- En esos dos
ámbitos, las audiencias serán públicas y orales, y el auditor o juez
resolverá el caso en ese mismo momento. La decisión del auditor podrá
apelarse en la instancia siguiente.
- En la Cámara de Apelaciones, todo el proceso no podrá durar más de 60 días.
- El proyecto también establece cambios a la Ley de Defensa del Consumidor y de la Competencia.
Proyecto de Ley sobre Creación del Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios
-
Este observatorio se encargará del monitoreo, relevamiento y
sistematización de los precios y la disponibilidad de insumos, bienes y
servicios que son producidos, comercializados y prestados en Argentina.
-
Podrán requerir toda documentación relativa al giro comercial de la
empresa o agente económico; e informes a organismos públicos o privados.
Proyecto
de Ley sobre nueva Regulación de las Relaciones de Producción y Consumo
Modificación de la Ley 20.680 de Abastecimiento
Establece que:
- Se establecerá para cualquier etapa del proceso económico, márgenes de utilidad, precios
de referencia, niveles máximos y mínimos de precios.
- Dictar normas que rijan la comercialización, intermediación, distribución y/o producción.
- Disponer la continuidad en la producción, industrialización, comercialización, transporte,
distribución o prestación de servicios, como también en la fabricación de determinados
productos, dentro de los niveles o cuotas mínimas.
- Acordar subsidios, cuando ello sea necesario para asegurar el abastecimiento y/o la prestación de servicios.
- Establecer regímenes de licencias comerciales.
-
Los Gobernadores de Provincia y/o el Jefe de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, por sí o por intermedio de los organismos y/o
funcionarios que determinen, podrán fijar —dentro de sus respectivas
jurisdicciones— precios máximos y las pertinentes medidas
complementarias, mientras el Poder Ejecutivo o el organismo nacional de
aplicación no los establecieren, dando cuenta de inmediato a este
último.
- Los empresarios que suban los
precios; acaparen mercadería; se negaran a la venta de productos;
discontinuaren el normal abastecimiento de una mercadería; o no
entreguen facturas, entre otras cosas, podrán ser sancionados.
-
Las multas podrían llegar a los 10 millones de pesos. También se podrá
determinar la clausura por 90 días o la inhabilitación por 2 años.






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