AFIP sancionó al gigante agrícola Monsanto

Suspendió a la empresa en su actividad de acopiador de granos. La compañía se defiende.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspendió a la compañía Monsanto Argentina en su actividad de acopiador de granos en el mercado local debido "la detección de ajustes no conformados". La empresa, sin embargo, señaló que cumple con toda la reglamentación impositiva y que continuará operando en el acopio.



La suspensión adoptada por la AFIP está vinculada a las fiscalizaciones realizadas por las autoridades impositivas a la empresa y la detección de "ajustes no conformados" oportunamente por la cerealera.



Monsanto, a través de un comunicado, indicó que "hasta el momento", no fue notificada sobre las razones que motivan esta suspensión, "sin perjuicio de lo cual la misma no implica bajo ningún concepto una prohibición a las operaciones de la empresa en el país".

La compañía puso de relieve que "estas medidas de orden administrativo tan sólo implican una suspensión temporal de los beneficios impositivos establecidos para quienes se encuentran en el Registro de Operadores de Granos. Monsanto Argentina podrá continuar operando como acopiador".


 


La decisión de la AFIP fue publicada en el Boletín Oficial, y adoptada a instancia de la Resolución general número 2300, Título II, que permite prohibir de manera transitoria la actividad de la firma multinacional en su carácter de "acopiador" con el que figura en el Registro Fiscal de Operadores, que realizan la compraventa de granos y legumbres secas en el orden doméstico.



En anteriores oportunidades, cuando la AFIP detectó diferencias significativas en materia de impuestos en favor del fisco también procedió a suspender del registro de operadores de granos a distintas cerealeras.



Este fue el caso de Nidera, que en febrero de 2011 fue suspendida transitoriamente por la AFIP en su actividad exportadora, y luego sucedió lo mismo en marzo pasado con las firmas agroexportadoras ADM Argentina, Cargill y Alfred C. Toepfer.



 


Tal como sucedió en casos anteriores, las cerealeras deben regularizar su situación ante el fisco, y en caso de no hacerlo, las mismas podrían ser excluidas del registro de operadores granarios.



En caso de exclusión, las firmas que vendan granos en el mercado interno no contarían más con una retención en Ganancias de solo el 2 por ciento, sino que se retendrá el 15 por ciento y en el IVA el 10,5 por ciento, y también se le limitaría el número de cartas de porte.

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