Anulan sobreseimiento de un hombre que mató a balazos a un ladrón
* La Cámara de Casación Penal consideró que existe un "estado de duda" acerca de si al momento de los disparos "había cesado la agresión" del delincuente.
El sobreseimiento de un hombre que mató de once balazos a quien intentaba robarle su auto, en 2007, fue anulado por la Cámara Nacional de Casación Penal que afirmó que existen "dudas" de que los hechos hubiesen ocurrido tal como los relató la víctima.
De esa manera la Sala I del máximo tribunal penal dejó sin efecto el fallo de la Cámara del Crimen que confirmaba el sobreseimiento de Hernán Ariel Fontana, acusado por haber matado de 11 balazos a Carlos Argañaraz cuando había intentado robarle su Peugeot 206, en Allende y Simbrón, del barrio porteño de Villa Devoto.
En primera instancia, el juez de instrucción Federico Salvá sobreseyó a Fontana, al considerar que actuó con "legítima defensa" y esa decisión fue ratificada por la Cámara del Crimen. Pero ahora la Sala I de la Cámara de Casación la anuló por considerar que existe "un estado de duda respecto de la mecánica de ocurrencia del evento investigado".
"Concretamente, la existencia de un estado de duda acerca de si al momento de efectuar Fontana los disparos que ocasionaron la muerte de Argañaraz había cesado la agresión por parte de este último o si por el contrario, el nombrado al intentar la huida seguía apuntándole a Fontana con el arma de fuego que portaba", afirmaron los camaristas.
Los magistrados señalaron que "se advierte que el Tribunal omitió dar respuesta al planteo nulificatorio de la querella, omisión que recae sobre una cuestión sustancial en tanto el temperamento exculpatorio que así se examina".
En ese sentido explicaron que al beneficio se basó en testimonios de peritos que "la querella se vio privada de controlar" y sobre cuyas conclusiones "se sustentó la incapacidad psíquica transitoria que habría afectado al justiciable al momento de disparar sobre Argañaraz".
Al dictar el sobreseimiento -ahora anulado- el juez Salvá había afirmado que "lo que lo llevó al impulso de efectuar los disparos fue ver el estado de su novia sumado a que estaban llevándose el auto que utiliza para trabajar, y por el que ahorró cuatro años para poder comprarlo".
"La presencia de su novia, también intimidada; la creencia de que su novia podía haber sido herida al notar que se tomaba a la altura de su estómago, son entre otras circunstancias, por demás idóneas para derivar en una conmoción anímica", había argumentado el magistrado de primera instancia.
Al declarar la nulidad del beneficio, la Cámara de Casación envió el expediente para que se dicte un nuevo fallo y sugirió profundizar la pesquisa tomando declaraciones testimoniales a los policías que intervinieron en el procedimiento acerca de cual habría sido la actitud de la pareja tras el asalto.
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