Ganancias: hasta cuándo hay plazo para anotarse en planes de pago

Economía

La AFIP dispuso este viernes la extensión del plazo original para compromisos de impuesto a las Ganancias y también de Bienes Personales. A qué categorías alcanza y cuáles están excluidas.

La AFIP extendió hasta el 30 de septiembre los plazos para que los y las contribuyentes puedan afrontar sus obligaciones de impuesto a las Ganancias y, en caso de corresponder, Bienes Personales. Será en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%, informó el organismo recaudador.

El organismo también determinó una prórroga por dos meses en los beneficios que surgen de los planes de pago permanentes, en en lo que tiene que ver con la cantidad de cuotas y planes adheribles.

Las medidas comenzarán a regir el próximo lunes, cuando se publiquen en el Boletín Oficial. El objetivo es contribuir al cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y responsables, para poder generar las condiciones necesarias para fortalecer la recuperación de la actividad económica y preservar las fuentes de empleo.

La Resolución General 5243/2022 a publicarse el lunes, determina que las y los contribuyentes puedan cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y, de corresponder, de Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%.

Al mismo tiempo, dispone que el organismo recaudadorno considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de los contribuyentes al momento de tramitar planes para regularizar sus obligaciones. El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como "riesgo muy alto", categoría E.

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