El Senado comienza los debates por el voto a los 16 años
El proyecto comienza a tratarse en la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado. También se tratará el proyecto para que los extranjeros con residencia permanente en el país puedan elegir presidente.
La comisión, que preside el oficialista Marcelo Fuentes, llamó a los 15 integrantes del cuerpo para mantener el primer contacto para organizar las reuniones para debatir el proyecto presentado por los kirchneristas Aníbal Fernández y Elena Corregido (Chaco).
Macri coincidió con De la Sota, al considerar que "es maravilloso" que se le otorgue "un mayor espacio y mayores responsabilidades" a la juventud, pero advirtió que "no" le gusta que el proyecto para votar a partir de los 16 años "sea utilizado por el kirchnerismo con fines electoralistas".
En tanto, la eventual habilitación del voto para los extranjeros también es objeto de polémica y allí el diputado del peronismo disidente Francisco de Narváez, se manifestó en contra porque "es otra maniobra electoral del kirchnerismo", dijo.
De Narváez, de origen colombiano, explicó que "una cosa es residir en un país y otra distinta es estar nacionalizado, lo que convierte al extranjero en ciudadano argentino; y así, al ser ciudadano, por supuesto que puede votar".
Qué puntos se debatirán
El texto de la iniciativa 2696/12 establece en el primer artículo que "son electores nacionales los ciudadanos desde los 16 años de edad y los extranjeros con residencia permanente a partir de los 24 meses de obtenida tal calidad".
En el artículo tercero se establece que "el Registro Nacional de las Personas deberá remitir al Registro Nacional de Electores en forma electrónica los datos que correspondan a los electores y futuros electores, incluidos los extranjeros que obtengan la residencia permanente, consignando, en este último caso, la fecha de obtención de tal calidad.
El quinto reemplazaría al anterior 15 bis de la ley 25.871, que quedará redactado de la siguiente manera: "Los extranjeros admitidos en el país como residentes permanentes gozarán de plenos derechos políticos a partir de los 24 meses de obtenida tal condición".
A su vez el proyecto 2.290 firmados también por Fernández y Corregido, define entre los "argentinos por naturalización" a "los extranjeros mayores de 18 años, que residiesen en la República dos años continuos y manifestasen ante los jueces federal de sección su voluntad de serlo".
El carácter voluntario del voto juvenil quedó plasmado en el pedido de modificación del inciso a) del artículo 12 de la ley 19.945 por otro que expresa que también debe ser incluido "los jóvenes entre los 16 y los 18 años y los mayores de setenta años".
En el segundo afirman que los extranjeros deben acreditar ante jueces haber prestado durante el tiempo de residencia servicios como "empleos de la Nación y de las provincias", "haber establecido una industria o introducido una invención útil", "ser empresario o constructor de ferrocarriles".
También deberían acreditar "poblar territorios nacionales en las líneas actuales de frontera", que haya formando "parte de las colonias establecidas, ya sea en territorios nacionales o en los de provincias, con tal que posean en ella alguna propiedad raíz".
Temas






Dejá tu comentario