Ruralistas se declaran en 'estado de alerta' y llaman a movilizarse a las rutas

* Convocan a los productores a movilizarse en las rutas para lograr que el Congreso apruebe por ley la eliminación de las retenciones.

NA
Por NA
La Mesa de Enlace declaró el alerta y movilización de los productores del agro con vistas a avanzar en una ley del Congreso para que los legisladores aprueben una ley que elimine las retenciones a las exportaciones.

El proyecto legislativo impulsado por la oposición y el campo establece que sólo el Congreso podrá fijar las retenciones a las exportaciones del campo, ya que le quita esa posibilidad al Poder Ejecutivo. 

Las entidades del agro convocaron a una alerta y movilización para respaldar ese proyecto de Establecimiento de Derechos de Exportación e Importación que ingresó al Congreso a través de la Cámara Alta y que el ruralismo aspira sea tratado en sesión especial el próximo jueves.

El presidente de la Federación Agraria Argentina, Eduardo Buzzi, lo calificó de instrumento "superador" para el crecimiento productivo.

En este proyecto legislativo que tiene el membrete de El Senado y Cámara de Diputados de la Nación, sustituye el artículo 754 del Código Aduanero (Ley 22.415) por el formulado: "Los derechos de exportación sólo podrán ser establecidos por ley del Congreso de la Nación". 

El instrumento propone en el artículo 5 que el derecho de exportación de la soja se fije en un 25 por ciento, pero se bonifica el monto resultante del derecho de exportación establecido hasta las primeras 1.000 toneladas que comercialice cada productor, sea persona física o jurídica. 

En tanto la base no imponible (bonificable) para el trigo es hasta las primeras 2.400 toneladas, luego se aplicará un 15 por ciento para las alícuotas de las distintas variedades de Trigo. 

Respecto del maíz queda en un 20 por ciento (excepto maíz pisingallo): "bonifícase el monto resultante del derecho de exportación establecido hasta las primeras 2.400 toneladas". 

En cuanto al girasol, queda libre de gravámenes  hasta las primeras 900 toneladas y la alícuota aplicable será del 15 por ciento, excepto semillas de girasol descascaradas.

Con relación al sorgo, se fija en un 15 por ciento y la base no imponible es hasta las primeras 1.800 toneladas comercializadas.

"El productor al momento de realizar la venta de los productos enumerados en los artículos 5 al 9, por el tonelaje libre de derechos de exportación, emitirá un título que representará el monto equivalente al derecho de exportación implícito al día de la venta (precio FOB por alícuota de derecho de exportacion", señala el artículo 14.

El artículo 10 de este proyecto que fue unificado por la oposición y los equipos técnicos de las entidades agropecuarias, indica que no se aplicarán derechos de exportación a las distintas variedades de carne bovina tipificadas en la Nomenclatura Común del Mercosur. 

Lo mismo ocurre para la leche, manteca, quesos, yogur y productos lácteos; las Frutas (naranjas, mandarinas, limones y limas, pomelos, manzanas, peras y membrillos frescos, kiwis y fruta fina.

De acuerdo con el texto, los productos y subproductos tendrán una disminución de las retenciones igual a la de la materia prima que le da origen.

La iniciativa legislativa propone la formación en el "ámbito del Congreso de la Nación, una Comisión Bicameral Permanente que tendrá por objeto el análisis periódico de las alícuotas de los derechos de importación y exportacioń de los productos contenidos en las posicions arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). 

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