Piden aumentar las penas a conductores alcoholizados que maten en un choque
La diputada Dulce Granados presentó un proyecto de ley para que sean detenidos y cumplan prisión efectiva quienes conduzcan bajo los efectos del alcohol y maten en un accidente de tránsito. Florencio Randazzo ya sostuvo que insistirá con la ley de "alcohol cero" para los conductores.
@cocoboster
Dulce Granados, en relación con el proyecto mencionado, propone detención y cárcel para los que conduzcan y maten bajo efecto del alcohol y estupefacientes, en este sentido manifestó que en dicho proyecto se modifican los artículos 84 (homicidio culposo) y 94 (lesiones) del Código Penal, elevando las penas mínimas al doble y el máximo en un medio, a aquellos que condujeran automotores con alcoholemia superior a la permitida o bajo el efecto de estupefacientes. También se plantea modificar las penas en el caso de lesiones, elevando el mínimo al doble y el máximo en un medio, cuando las mismas hubiesen sido ocasionadas por estados de intoxicación por alcohol o drogas de quien condujera el automotor que provoque las lesiones.
La diputada sostuvo: "todos sabemos de las consecuencias de los excesos del alcohol y la droga cuando se está al volante. Sin embargo todos también sabemos que en el estado de ebriedad podemos hacer una separación entre un mínimo y un máximo. Cuando me refiero al mínimo me estoy refiriendo a que la persona pierde todos los frenos inhibitorios. Cuando aludo al máximo me refiero al artículo 34 inciso primero del código penal y que es la inimputabilidad".
"A lo que quiero llegar", agregó Granados, "es que hay un estadio anterior a estos dos explicados, y que tiene que ver cuando una persona se sienta a tomar. En este momento el sujeto está sobrio y es entonces donde debe elegir no manejar porque sabe que va a beber. Lo que vemos a diario es que salen a divertirse en el auto, sabiendo que van a tomar, como saben también que van a volver conduciendo. O sea conocen las consecuencias y las asumen, ya que saben lo que va a pasar aunque sea potencialmente".
Y señaló que "lo eventual es muy difícil de acreditar procesalmente porque no se puede probar que salió con el auto sabiendo que iba emborracharse o drogarse. Entonces es necesario tomar conciencia cuando se sale con un auto, en que no se deben consumir bebidas alcohólicas. La ley penal tiene una función preventiva y justamente a eso apuntamos con este proyecto de reforma al Código Penal".
El artículo 84, referido a la caratula de Homicidio culposo, para que aquella persona que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo, causare a otro la muerte sea reprimido con prisión de seis meses a cinco años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco a diez años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo, causare a otros la muerte.
Además plantea modificar el artículo 94 del Código, sobre Lesiones, el cual refiere imponer prisión de un mes a tres años o multa de mil a quince mil pesos e inhabilitación especial por uno a cuatro años, el que por imprudencia o negligencia, por impericia en su arte o profesión, o por inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo, causare a otro un daño en el cuerpo o en la salud.
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