Eligen a los 12 mil bonaerenses que serán jurados: la carga pública es irrenunciable
Este miércoles se realiza el sorteo en la Lotería de la Provincia del que surgirán seis mil hombres y seis mil mujeres para enjuiciar a imputados en delitos con más de 15 años de prisión. Cobrarán $580 por día de función.
No podrán ser convocados los funcionarios públicos, ministros de culto religioso así como autoridades de partidos políticos, integrantes de las fuerzas de seguridad o del Servicio Penitenciario, exonerados de la administración pública, abogados, escribanos y procuradores, condenados o procesados por delitos dolosos.
Luego, el máximo tribunal realizará en cada juicio que se celebre un nuevo sorteo, por departamento judicial, del cual quedarán 12 jurados titulares y 6 suplentes.
Los ciudadanos seleccionados serán jueces en las jurisdicciones en las que viven, lo cual podrá implicar recorrer largas distancias para asistir a las audiencias.
En esos casos, el Estado le asignará una dieta diaria suficiente para cubrir los costos de transporte y comida, a través de una partida especial de la Suprema Corte.
Si un miembro del jurado posee un problema que le impide atender a la convocatoria, deberá presentar su caso al juez, que lo evaluará con "criterio restrictivo" y, en si concede la excusación, será reemplazado por alguno de los jurados suplentes sorteados.
Los jurados podrán excusarse en caso de tener relación con la persona enjuiciada, y, para garantizar imparcialidad, la defensa o la fiscalía podrán recusar a integrantes que puedan tener cualquier vínculo con el acusado.
El pago de una compensación económica se hará efectiva si la persona trabaja de forma independiente, y podrá ser retribuida con la suma de dos jus (unidad arancelaria de la Justicia) diarios, con lo cual cobrará por día de función $580.
Al ser citado al juicio, junto a otros once ciudadanos con quienes compartirá la deliberación, el juez le dará un instructivo y le indicará las reglas del proceso, cómo se evalúan las pruebas y el ámbito de su decisión, que deberá estudiar para llevar adelante la tarea de determinar si el imputado del proceso es culpable o inocente.
Los miembros del jurado deberán reunirse solos y dar un veredicto, por 10 votos contra 12, si el enjuiciado es inocente o culpable; luego el tribunal dictará la sentencia.
Si la decisión del cuerpo de ciudadanos es una absolución, ésta será inapelable. Cualquier otra sentencia podrá ser recurrida.
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