Gioja y Scioli serán las nuevas autoridades del PJ

Política

La Cámara Electoral dio marcha atrás con la prórroga para la presentación de listas que había dictado la jueza Servini de Cubría. De ese modo, se evitará la intervención y la Justicia avaló la lista de unidad.

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La Cámara Electoral dio marcha atrás con la prórroga para la presentación de listas del PJ que había dictado la jueza María Servini de Cubría, por lo que avaló la nómina de unidad encabezada por José Luis Gioja y Daniel Scioli, quienes serán las nuevas autoridades del Justicialismo a partir del próximo 8 de mayo.
Con este fallo de los magistrados Santiago Corcuera y Alberto Dalla Vía, la Justicia determinó el regreso al cronograma electoral inicial del PJ, que estableció el 8 de abril como último día para presentar listas y el 8 de mayo como fecha de los comicios.
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Como Gioja y Scioli fueron los únicos que se anotaron en la competencia, ahora serán proclamados como los flamantes presidente y vice del Justicialismo.
El diputado nacional por San Juan y el ex gobernador de Buenos Aires se dieron cita esta tarde en la sede del PJ en la calle Matheu 130 para anunciar formalmente la convalidación de la lista.
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Tras conocer la decisión judicial, Gioja y Scioli se reunieron para analizar el fallo en las oficinas del legislador en la Cámara de Diputados, junto al gobernador de Formosa, Gildo Insfrán, señalaron a la agencia NA fuentes del PJ.
La Cámara Electoral hizo lugar este martes a la apelación que había presentado el apoderado del PJ Jorge Landau y cuestionó la decisión de la jueza Servini de Cubría, que había avalado un pedido del sector de Eduardo Duhalde para extender el período de presentación de listas por dos semanas.
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"La etapa de inscripción de candidaturas fue prorrogada intempestivamente, el mismo día del vencimiento del plazo establecido en el cronograma partidario, a cuyo término se había presentado una única lista. Esto condujo a la necesidad de posponer la fecha del acto electoral para el 29 de mayo (más allá de la vigencia de los mandatos de las actuales autoridades, que vencen el 8 de mayo)", señaló el fallo.
Y agregó: "La prórroga dispuesta no implicó una mera reordenación de plazos, sino que en los hechos impidió a la agrupación política seguir adelante con los trámites estatutarios que debían culminar con la proclamación de los candidatos propuestos".

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