El Máximo Tribunal suspendió la cautelar de la jueza de primera instancia e hizo saber al gobierno porteño que no hay obstáculos judiciales que impidan llevar a cabo la intervención solicitada.
La Corte Supremade Justicia de la Nación resolvió este jueves suspender la ejecución de una medida cautelar dictada por una jueza civil e informó a las autoridades de la Ciudad que no existen obstáculos que surjan de decisión judicial alguna para la realización del aborto no punible solicitado.
El Máximo Tribunal señaló que "frente a lo decidido por esta Corte sobre la base de la interpretación de textos constitucionales e infraconstitucionales en la sentencia dictada en la causa F. 259.XLVI ‘F.A.L. s/ medida autosatisfactiva’, sentencia del 13 de marzo de 2012 (voto de la mayoría), la medida que se adoptará es la demostración más concluyente del modo en que ha de realizarse por los poderes judiciales de la Nación, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la exhortación dada por el Tribunal para que se abstengan de judicializar el acceso a los abortos no punibles", informó el CIJ.
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La resolución lleva la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.
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El fallo de la Corte se da a conocer luego de que la jueza Myriam Rustan de Estrada impidiera la realización del aborto no punible a una mujer que fue víctima de la trata de personas. Ante ese panorama, legisladores porteños decidieron denunciar a la magistrada por mal desempeño de sus funciones.
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El abanico de posibilidades de resolución de la causa se esparcía entonces entre una decisión de la Corte Suprema (que finalmente fue dada a conocer este jueves por la noche), una resolución "contrario sensu" (que revierta la suspensión del aborto) por parte del juez Guiraldes, un fallo de la Cámara Civil que dejara sin efecto la medida cautelar o la interrupción de la gestación en un hospital fuera del ámbito de la Capital Federal.
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