ARCA: el cambio en la modalidad de facturación para monotributistas
El ente recaudador puso en marcha nuevas medidas que cambian las reglas para los pequeños contribuyentes.
ARCA: el cambio en la modalidad de facturación para monotributistas
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció una serie de modificaciones en el régimen simplificado que afectan directamente a los monotributistas. Las nuevas medidas buscan modernizar el sistema y ajustar las obligaciones fiscales de acuerdo a la actividad real de cada contribuyente.
Uno de los cambios más relevantes es la actualización obligatoria de categoría cada seis meses, en febrero y agosto, lo que implica revisar los ingresos periódicamente para mantenerse en regla. Además, se implementa de forma obligatoria el uso del remito digital, una herramienta que deberá emitirse de manera electrónica desde el sitio oficial de ARCA o mediante su app móvil. Este requisito aplica a todos los monotributistas que trasladen bienes muebles, reemplazando el remito en papel y mejorando el control y la trazabilidad fiscal.
Los cambios en la facturación de los monotributistas
Desde mayo de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aplicará importantes cambios que afectarán la facturación de los monotributistas. Uno de los más relevantes es la recategorización obligatoria en dos momentos del año: febrero y agosto. En estas fechas, los contribuyentes deberán analizar su facturación de los últimos 12 meses y ajustar la categoría si corresponde. Si no cumplen con esta obligación, ARCA podrá recategorizar de oficio, aplicando multas de hasta el 50% del impuesto omitido.
Otro cambio clave es la implementación del remito digital obligatorio para quienes realicen entregas de productos. Este comprobante reemplaza al formato papel y deberá generarse desde la web o la app de ARCA, enlazándose directamente con las facturas emitidas. La medida apunta a fortalecer el control fiscal, facilitar auditorías y reducir la evasión.
Además, se incorporó una exención para monotributistas que solo alquilen hasta dos inmuebles urbanos, sin realizar otras actividades económicas. Para acceder, deberán registrar los contratos en AFIP y presentar una declaración jurada especial ante ARCA, bajo un estricto control cruzado con registros catastrales.
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