Atención monotributistas: ARCA investigará transferencias por encima de un nuevo monto

Economía

ARCA dio a conocer los montos mínimos a partir de los cuales podrá solicitar la justificación de fondos a los contribuyentes.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció cuáles son los montos límite para monotributistas desde los que se podrán controlar las transferencias hechas a través de bancos y billeteras virtuales. De acuerdo a la medida, las entidades financieras y las Fintech estarán obligadas a informar de forma automática cada operación que exceda esos topes.

Cuáles son los nuevos límites de las transferencias

En el marco del Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos, el Gobierno fijó los montos máximos para las principales operaciones financieras de los contribuyentes. La medida apunta a reforzar el control de los movimientos de dinero y establece desde qué cifras podrá intervenir la ARCA:

  • Transferencias y acreditaciones: hasta $50.000.000 en el caso de personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
  • Extracciones en efectivo: el tope será de $10.000.000, sin importar si se trata de particulares o empresas.
  • Saldos bancarios al cierre del mes: podrán mantenerse hasta $50.000.000 en cuentas de individuos y $30.000.000 en compañías.
  • Plazos fijos: límite de $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: el máximo autorizado será de $100.000.000 en el caso de los individuos.
  • Compras como consumidor final: estarán habilitadas hasta $10.000.000 sin necesidad de justificar el origen de los fondos.
  • Pagos en general: podrán realizarse hasta $50.000.000 en particulares y $30.000.000 en empresas.
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A quiénes afectarán los cambios

En caso de superar los límites establecidos, tanto personas físicas como jurídicas quedarán bajo la lupa de la ARCA. Los bancos y las billeteras virtuales deberán reportar las operaciones y, a partir de allí, el organismo podrá requerir:

  • Recibos de sueldo o comprobantes de jubilación.
  • Declaraciones juradas de impuestos.
  • Facturas por ventas o servicios.
  • Constancias de transferencias anteriores.

Si el contribuyente no logra justificar el origen del dinero, la ARCA podrá aplicar sanciones e incluso ordenar el bloqueo temporal de las cuentas.

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