El dólar paralelo cotiza a $4,60 para la venta
Operadores confirmaron que ese es el valor de la divisa "azul", pero hay pocas transacciones.
En una jornada signada por la incertidumbre a partir de las medidas de control dispuestas por el Gobierno para la venta de moneda extranjera, el dólar "azul" (paralelo) cotiza este lunes a $4,58 para la compra y $4,60 para la venta.
Según informaron a minutouno.com operadores de casas de cambio, "el 'azul' (dólar paralelo) subió a $4,58 para la compra y $4,60 para la venta", cuando la cotización oficial es de $4,22 y $4,26 respectivamente.
De cualquier manera, los operadores confirmaron que "son pocas" las operaciones que se realizan en la "City" porteña.
En tanto, la cotización del dólar conocido como "contado con liqui", que surge de operaciones en las que se triangulan pesos, bonos y divisas, asciende a los 5 pesos, aunque los operadores informan que ese tipo de transacción "es casi nula".
Por su parte, personal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comenzó a relevar la operatoria en las casas de cambio, donde constató las dificultades para operar con el nuevo sistema de control dispuesto por las autoridades impositivas.
En las ventanillas de las casas de cambio ubicadas en el microcentro sólo podían cumplir con la compra de la divisa a sus clientes y no así con la venta.
Con errores en el funcionamiento del sistema, el dólar se comercializa oficialmente a $4,22 para la compra y a $4,26 para la venta.
"Estamos con algunos problemas" para operar con el sistema propuesto por la AFIP para compra de dólares en el mercado cambiario local, admitieron operadores de varias casas de cambio consultadas por la agencia DyN, que no fueron mencionados.
Por su parte, las autoridades del Banco Provincia explicaron en un comunicado que ya están en condiciones de vender billetes de moneda extranjera en su casa Central y en la mayoría de sus sedes regionales, y que "se está trabajando desde muy temprano para habilitar la clave fiscal, que requiere el nuevo sistema, para que puedan operar el resto de nuestras unidades de negocio".
El Gobierno nacional formalizó este lunes la resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que dispone nuevos requisitos para la compra de divisas y obliga a los bancos y casas de cambio a cotejar los datos del cliente con el organismo antes de llevar adelante la operación.
La decisión 3210, anunciada el viernes pasado y publicada este lunes en el Boletín Oficial, establece la creación del "Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias" que desde este lunes deberán utilizar las entidades para vender moneda extranjera.
En su primer artículo, indica que "a los fines fiscales las entidades autorizadas a operar en cambios por el Banco Central de la República Argentina deberán consultar y registrar, mediante el sistema informático que se establece en la presente, el importe en pesos del total de cada una de las operaciones cambiarias".
Luego, en el segundo artículo, la resolución del organismo tributario agrega que "están alcanzadas con este sistema de consulta y registro, las operaciones de venta de moneda extranjera -divisas o billetes- en todas sus modalidades efectuadas por las entidades autorizadas, cualquiera sea su finalidad o destino".
Por su parte, "el potencial adquirente podrá consultar en forma previa a la realización de la operación cambiaria el resultado de la evaluación sistémica que realizará esta Administración Federal, debiendo acceder previamente al servicio denominado ‘Consulta de Operaciones Cambiarias’, a través del sitio web" de la AFIP.
Para esto, precisa el artículo tercero de la resolución, "deberá contar con ‘Clave Fiscal’ con nivel de seguridad 2, como mínimo".
En cuanto a las entidades, la medida indica en su artículo quinto que "para la registración de las operaciones cambiarias" deberán ingresar "el número de Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) o, en su defecto, de Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI.) o el tipo y número de documento del sujeto que la realiza", o sea el cliente.
Al mismo tiempo, tendrán que ingresar en el nuevo sistema de la AFIP "el tipo de moneda a adquirir y su destino" y también "el importe en pesos de la operación y el tipo de cambio aplicado".
La AFIP, en tanto, "efectuará evaluaciones sistémicas, en tiempo real, sobre los datos ingresados y emitirá la respuesta correspondiente de acuerdo con la información obrante en las bases de datos del organismo", añade el artículo sexto de la norma.
Como resultado de ese entrecruzamiento de información -explica luego- podrá surgir el término "validado", que "indica que los datos ingresados superaron los controles sistémicos, asignándose a la operación un número de transacción", o "con inconsistencias", que "indica que no se han superado los mencionados controles, detallando el/los motivo/s correspondiente/s".
Dejá tu comentario