Lo condenan a 10 años, apela y le dan perpetua

* El hombre había sido condenado por el robo y homicidio de un comerciante, a pesar de que él no había disparado.
* Pero le elevaron la pena, al considerar que huyó del lugar con el botín sin evitar que su cómplice baleara a la víctima.

Télam
Por Télam

La Cámara de Casación penal elevó a prisión perpetua la condena a 10 años de cárcel impuesta a un hombre por el robo y homicidio de un comerciante, al considerar que huyó del lugar con el botín sin evitar que su cómplice baleara a la víctima.

Se trata de Walter Esteban Ojeda, que recurrió al máximo tribunal penal del país en un intento por obtener una rebaja de su condena pero su reclamo derivó en una suba a prisión perpetua, en un fallo emitido por la sala I de Casación.

El robo tuvo lugar el 28 de febrero de 1998, cuando Ojeda y Daniel Maldonado -por entonces menor de edad- asaltaron una carnicería en 33 Orientales 2208 de Capital Federal, atendida por Víctor Aramayo.

Si bien Ojeda –quien había sido condenado por “homicidio en ocasión de robo- no disparó al comerciante, los camaristas entendieron que fue culpable de los delitos de "robo agravado por el uso de armas" y "homicidio calificado por la finalidad de asegurar el resultado del delito y procurar la impunidad".

El robo fue cometido por Ojeda, Maldonado y otro cómplice aún no identificado, quienes ingresaron al local, se llevaron el dinero y fueron perseguidos al huir por Victor Aramayo.

Mientras escapaba, Maldonado disparó tres veces al comerciante, quien cayó muerto mientras que los delincuentes lograron escapar en un automóvil que los aguardaba.


El crimen del comerciante fue conocido debido a que el otro condenado, Maldonado, llevó su caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos con el argumento de que le habían impuesto perpetua siendo menor de edad. 


De hecho, la Corte Suprema de Justicia anuló ya la pena de perpetua que se le había impuesto a Maldonado.



"El hecho de que Ojeda no haya efectuado los disparos que dieron muerte a Víctor Walter Aramayo, al concurrir acompañando a Maldonado y a un tercero, no mengua su responsabilidad penal en el suceso criminoso dado el codominio del hecho y el acuerdo pleno para cometerlo", concluyó la Cámara.

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