Suprema Corte falla a favor del IMSS y avala que le nieguen a médicos el pago de estas prestaciones

La SCJN determinó que el Instituto Mexicano del Seguro Social no está obligado a pagar bonos por riesgo de contagio a todo su personal médico

La balanza de la justicia se inclinó a favor de las finanzas del sector salud. En una resolución que marca un precedente definitivo para la administración de recursos humanos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) limite el pago de prestaciones económicas por riesgo de contagio exclusivamente a ciertos sectores de su plantilla laboral.

Este fallo histórico se originó tras la batalla legal emprendida por una médica adscrita a una clínica familiar. La trabajadora de la salud promovió un amparo exigiendo el pago de dichos bonos, argumentando que su labor de consulta general también la exponía constantemente a riesgos biológicos.

Sin embargo, el Tribunal Pleno del máximo órgano de justicia desestimó su reclamo y le negó la protección federal, confirmando la constitucionalidad de las normativas vigentes del Instituto.

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IMSS: igualdad no significa uniformidad en el contrato colectivo

El riguroso análisis jurídico de los ministros se centró en el artículo 10 del Reglamento de Infectocontagiosidad y Emanaciones Radioactivas, un documento clave que rige las relaciones laborales y se encuentra incorporado al contrato colectivo de trabajo vigente entre el IMSS y su sindicato (SNTSS).

Al emitir su sentencia, la Suprema Corte concluyó que la distinción que hace este reglamento entre el personal que labora en áreas de alto riesgo y quienes no lo hacen es completamente razonable, objetiva y no viola el derecho humano a la igualdad. Los magistrados sentaron el principio de que la protección a la salud en el trabajo no exige que las compensaciones económicas sean idénticas para todos.

Por el contrario, determinaron que las prestaciones deben mantener una estricta proporcionalidad conforme al nivel de peligro real al que se exponen los médicos. Esta interpretación permite al IMSS administrar mejor su presupuesto, dirigiendo recursos reforzados únicamente a quienes enfrentan condiciones de extrema vulnerabilidad, sin descuidar el piso mínimo de seguridad legal para el resto de los trabajadores.

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IMSS: en qué casos sí corresponde el pago de la prestación

La resolución es clara: no basta con portar una bata médica o pertenecer al sector salud para reclamar este dinero extra. La normativa avalada por la Corte establece requisitos muy estrictos sobre el lugar físico y el tiempo de exposición de los empleados.

Para que los fondos sean liberados, las prestaciones por infectocontagiosidad y emanaciones radioactivas corresponderán exclusivamente al personal que labore de manera constante y permanente en áreas catalogadas como de "alto riesgo". Estas zonas específicas de atención crítica incluyen:

  • Salas de urgencias médicas.
  • Unidades de terapia intensiva.
  • Laboratorios de análisis clínicos y biológicos.
  • Bancos de sangre.

Dado que la médica que originó la demanda prestaba sus servicios en una clínica familiar (considerada legalmente como primer nivel de atención y de menor exposición), la SCJN determinó que no cumplía con los parámetros de riesgo constante que exige el contrato colectivo, justificando así la negativa de pago por parte del IMSS.

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Otro fallo a favor del IMSS: quita de pensiones

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución definitiva que representa un enorme respiro financiero para el sistema de salud público. En un fallo que marca un precedente laboral histórico, el máximo tribunal determinó que los trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no tienen derecho a cobrar una doble pensión al momento de su retiro.

La controversia legal escaló hasta la Segunda Sala luego de que múltiples empleados, amparándose en su doble carácter de trabajadores y asegurados, exigieran el pago simultáneo de la Pensión de Vejez (estipulada en la ley) y la Jubilación por Años de Servicio (marcada en su contrato colectivo). Sin embargo, los ministros frenaron esta exigencia al concluir que permitir ambos cobros representaría una duplicidad injustificada de recursos financiados por el mismo patrón.

Pensión IMSS: fecha de pago de abril 2026

De acuerdo con el calendario oficial del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el pago de la pensión correspondiente a abril 2026 e realizará el miércoles 1 de abril, primer día hábil del mes. Desde esa fecha, los pensionados podrán disponer de su dinero tanto a través de transferencia bancaria como directamente en ventanilla, según la modalidad de cobro elegida.

Las autoridades recomiendan que los beneficiarios planifiquen con anticipación su visita a las sucursales bancarias, ya que durante los primeros días de cada mes suele haber una alta demanda de personas que acuden a retirar su dinero.

En caso de no recibir el depósito en la fecha programada, los pensionados pueden comunicarse al teléfono 800 623 23 23 (opción 3), o acudir directamente a su Subdelegación o Unidad de Medicina Familiar para verificar el estatus del pago y realizar una solicitud por depósitos no cobrados.

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