La Corte Suprema de Tucumán ratificó la validez de las elecciones

Política

El máximo tribunal provincial revocó el polémico fallo de la Sala I Cámara en lo Contencioso Administrativo que había dictaminado la nulidad de las elecciones y había convocado a nuevos comicios. El candidato del FpV, Juan Manzur, había obtenido más del 51% de los votos el 23 de agosto.

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán revocó el polémico fallo de la Sala I de la Cámara Contencioso Administrativa y validó el resultado de las elecciones realizadas el 23 de agosto pasado, que consagraron ganador al candidato del Frente para la Victoria, Juan Manzur.

El fallo se conoció pasada la medianoche y fue tomado por el alto tribunal que estuvo constituido por los vocales naturales René Goane y Daniel Posse, y los camaristas civiles que fueron elegidos por sorteo, Carlos Ibáñez, Benjamín Moisá y Raúl Bejas.

Moisá y Bejas fueron elegidos para reemplazar a los vocales Antonio Gandur, presidente del cuerpo, Claudia Sbdar y Antonio Estofán.

Gandur y Sbdar se excusaron por haber intervenido como presidente de la Junta Electoral Provincial y por enemistad manifiesta con Arnaldo Ahumada, uno de los abogados del Acuerdo para el Bicentenario, respectivamente. Estofán, por su parte, no pudo intervenir en el pleito porque está en Europa y no llegba a tiempo para reintegrarse al cuerpo.

La integración de la Corte quedó firme por el rechazo de las recusaciones con causa que había realizado el frente opositor Acuerdo para el Bicentenario para separar del caso a Posse y a Moisá. El primero había sido cuestionado por su carácter de hermano del fiscal de Estado, Jorge Posse Ponessa, y de ex funcionario del actual gobierno provincial.

Los jueces Ibáñez, Moisá y Bejas confirmaron a Posse con la disidencia de Goane, que sostuvo que su par debía apartarse del juicio. Tampoco tuvo cabida la pretensión de separar a Moisá, que es cuñado del legislador del Frente para la Victoria Sisto Terán Nougués, recusación que fue rechazada por unanimidad.

La fiscal de Cámara, Marta Ignacia Jerez de Rivadeneira había dictaminado que las elecciones son válidas y, por ende, la Corte fue quien debía revocar el fallo de la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo.

Si bien su opinión no es vinculante, fuentes del Acuerdo para el Bicentenario preanunciaron una decisión favorable al oficialismo y anticiparon que ya trabajaban en el recurso extraordinario que articularán para que el caso llegue hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Mientras tanto, los jueces que anularon las elecciones provinciales del 23 de agosto, Ebe López Piossek y Salvador Ruiz, integrantes de la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, fueron denunciados penalmente y acusados por los delitos de sedición y prevaricato y mediante el planteo se pidió además la pena privativa de libertad y la inhabilitación para ocupar cargos públicos.

La presentación judicial fue presentada por los dirigentes justicialistas Javier Noguera y Darío Monteros, quienes también denunciaron penalmente a los promotores del planteo y líderes del Acuerdo para el Bicentenario, el diputado nacional José Cano y el intendente capitalino Domingo Amaya.

Mediante un escrito de 18 carillas, los protagonistas del fallo judicial que anuló los comicios del provincias fueron acusaron de la presunta comisión de los delitos de sedición (alzamiento colectivo y violento contra la autoridad o el orden público) y prevaricato (dictar a sabiendas una resolución injusta). Requirieron también que se aplique el máximo de la pena privativa de libertad y la inhabilitación para ocupar cargos públicos.

La demanda fue radicada en la Fiscalía de Instrucción de la I nominación, encabezada por la fiscal Marta Mariana Rivadeneira.

Noguera y Monteros fueron candidatos a intendente de Tafí Viejo y de Banda del Río Salí, respectivamente, a través del acople oficialista "Acción Regional" y, según el escrutinio definitivo de la Junta Electoral Provincial ganaron en esas jurisdicciones.

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