Procesan a un general por la "ejecución" de militantes del MTP
Lo acusan de "homicidio agravado por alevosía" en perjuicio de insurgentes que se rindieron tras fracasar en su intento de copar el regimiento.
El juez federal de Morón, Germán Castelli, procesó con prisión preventiva al general retirado Alfredo Arrillaga, imputado de cometer el delito de "homicidio agravado por alevosía" en perjuicio de dos insurgentes que se rindieron tras fracasar en su intento de copar el regimiento militar de La Tablada, el 23 de enero de 1989.
En una resolución de 138 páginas, el magistrado además trabó embargo a los bienes de Arrillaga por 2 millones y medio de pesos y ordenó la captura nacional e internacional del prófugo mayor del Ejército Jorge Varando, también involucrado en aquellos episodios.
En la causa se investigaba la detención de Iván Ruiz y José Alejandro Díaz en la guardia de prevención del cuartel cuando fue ocupada por un grupo de unos 40 integrantes del "Movimiento Todos por la Patria" (MTP), quienes intentaron copar ese cuartel.
Según el juez Castelli, los dos militantes del MTP habrían sido sometidos a torturas y luego fusilados.
El juez declaró como "delitos de lesa humanidad", y por ende imprescriptibles, los cometidos por los militares en la recuperación del cuartel al considerar que "un número indeterminado de agentes del Estado planificó que los atacantes apresados durante y con posterioridad a la recuperación del cuartel, fueran, en algunos casos ejecutados y todos ellos torturados".
"Las violaciones a los derechos humanos investigados fueron realizadas contrariando las expresas directivas presidenciales de preservar la integridad física de los prisioneros, para luego ser entregados a la Justicia", se afirma en la extensa resolución.
En ese sentido el juez añade que "la osadía evidenciada por los agentes involucrados, que no sólo desconocieron las órdenes impartidas por el propio presidente (Raúl Alfonsín) en lo relativo al tratamiento que debía darse a los prisioneros -lo que, incluso, habrían efectuado hasta momentos antes del arribo del primer mandatario al lugar de los sucesos-, sino que también prolongaron la agresión fuera del cuartel".
En su fallo el magistrado recuerda que Arrillaga, al prestar declaración indagatoria, había afirmado que "cada guerrillero rendido recibió atención médica, se le respetaron todos los derechos humanos, y fueron vistos en su recorrida por el Presidente de la Nación... a algunos de los detenidos se les suministró suero por su estado de más de 30 horas de combate".
Por ello calificó como "totalmente falsas" las informaciones sobre fusilamientos y hasta se permitió ironizar al afirmar que "si bien no comparto su ideología, justo es reconocer que combatieron muy bien" ya que "causaron la muerte de once efectivos de las fuerzas de recuperación y más de 36 heridos de consideración".
Sin embargo el juez tuvo por acreditadas, al menos, nueve ejecuciones y dos decenas de casos de torturas, inclusive de algunos prisioneros capturados fuera del cuartel, por lo que concluyó que "el tratamiento de los prisioneros, resultó, por imperio de los hechos, el de matar a algunos de ellos y torturarlos a todos".
Los militares, según Castelli, "aprovecharon el extraordinario poder otorgado, el dominio del escenario de los hechos, la estructura y los recursos estatales para sobrepasar, sigilosamente, el poder presidencial, y así planificar y ejecutar graves violaciones al derecho humanitario internacional, que incluyó dificultar las investigaciones".
La Argentina ya fue condenada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), un organismo de la OEA, por los casos de violaciones a los derechos humanos y los fusilamientos cometidos en La Tablada.
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