Siete años de cárcel por torturar con una plancha a una pareja de jubilados

* El acusado tiene 20 años.

NA
Por NA
La Justicia Penal platense condenó a la pena de 7 años de cárcel a un joven de 20 años, acusado de ser uno de los responsables de un brutal asalto contra un matrimonio de jubilados, cuyos integrantes fueron salvajemente torturados.

Durante aquel asalto, a los jubilados los amenazaron con armas de fuego y a uno de ellos lo torturaron apoyándole una plancha caliente en el pecho, para que revelaran dónde guardaban el dinero.

La pena, dictada hoy, recayó sobre Marcelo Emanuel Reschaid, al considerarlo uno de los autores responsables del brutal asalto, según lo señalado en la edición de la fecha por el diario El Día.

El presidente del Tribunal IV de La Plata, el juez Juan Carlos Bruni (h), había propuesto una pena de 10 años de cárcel, al dar por acreditados los hechos, ocurridos el 13 de septiembre de 2006.

En esa fecha, según el Tribunal, "dos personas (una de ellas menor) ingresaron a la casa de bulevar 83 n° 116, entre 36 y 37 de La Plata, y mediante violencia e intimidación con un arma de fuego -la cual uno de ellos tenía sin la debida autorización legal- y un cuchillo, robaron dinero (pesos y cruzeiros), un reloj pulsera, una cadena, alianzas y aros, luego de lo cual se dieron a la fuga".

Para el juez Bruni este hecho debe encuadrarse como "robo calificado por el uso de arma (cuya aptitud para el disparo no ha podido acreditarse) en concurso real con tenencia de arma de uso civil sin la debida autorización legal".

Sin embargo, el juez Guillermo Labombarda propuso una pena de 7 años, criterio que contó con la adhesión de la jueza Patricia de la Serna.

Para graduar la pena impuesta se tomó en cuenta como atenuante "el recupero parcial de lo robado, la circunstancia de no haber sido el imputado de autos quien tuviera el rol protagónico en el hecho y el arrepentimiento que se infiere de las últimas palabras que dijo antes de concluir el juicio, como así el acompañamiento y contención familiar, la posibilidad de obtener un trabajo y de reinsertarse favorablemente en la sociedad, puestos también de manifiesto por aquél".

"Asimismo -se agregó en el fallo- la circunstancia de que el ministerio público acusó por el delito de portación de arma de uso civil y haberse considerado tenencia de arma de uso civil sin la debida autorización legal".

Como agravantes el Tribunal consideró "la elección de las víctimas, una pareja de jubilados, lo que demuestra una desproporción entre estas y los victimarios, que resultaron ser jóvenes; la violencia desplegada; el trabajo de inteligencia y vigilancia previas realizado por los autores y la pluralidad de intervinientes (dos personas armadas)".

Dejá tu comentario