Le concedieron un hábeas corpus a la orangutana del Zoo porteño
En un fallo inédito a nivel mundial, la justicia argentina le reconoció derechos básicos como "sujeto no humano" a Sandra, la orangutana del Zoo porteño, y accedió a concederle un recurso de hábeas corpus, figura legal que se utiliza para casos de personas privadas ilegítimamente de su libertad. De tal manera, el homínido, que en febrero próximo cumplirá 29 años, podrá ser trasladado a un santuario y vivir en semi libertad.
"En este tipo de pedidos fundamentalistas se desconoce el comportamiento natural de la especie. Los orangutanes son animales solitarios y muy tranquilos, que sólo se juntan para aparearse o atender a sus crías. Desconocer la biología de la especie, alegando injustificadamente maltratos, estrés o depresión del animal, es incurrir en uno de los errores más comunes de los seres humanos, que es humanizar cualquier conducta animal. Sandra goza de cuidados excepcionales y vive en soledad porque es lo que requiere su especie", dijo Sestelo. Y agregó que el Zoo ya venía evaluando el traslado de la orangutana a un santuario de la ONG Proyecto Gran Simio, dado que la política del Zoo para su colección de animales se va reorientando a los autóctonos y no exóticos como Sandra.
Consultado por el alcance del fallo, Buompadre señaló: "Ésa es una medida histórica. Constituye un golpe a la columna vertebral del ordenamiento jurídico argentino, cuyas normas civiles consideran a los animales como cosas y abre un camino, no sólo para los grandes simios, sino también para el resto de aquellos seres sintientes que se encuentran injusta y arbitrariamente privados de libertad en zoos, circos, parques acuáticos y centros de experimentación".
El constitucionalista Daniel Sabsay lamentó la ausencia de una fundamentación jurídica más exhaustiva en el fallo de Casación. "La argumentación es muy vaga y se funda en una obra que no es específica de estas cuestiones, omitiendo la doctrina fundada. Pero tiene un gran valor, puesto que reconoce la calidad de personas no humanas a este tipo de animales con altas capacidades cognitivas y afectivas".
"El fallo, a su vez, agota el estamento de la justicia ordinaria y sólo podrá ser recurrido por un motivo de constitucionalidad ante la Corte Suprema. En este caso, al tratarse de una jurisprudencia novedosa, se está sentando un precedente que marcará el rumbo para otros casos: en los hechos, implica el fin de su tratamiento como cosa y pasan a ser personas no humanas. En casos así, la propiedad privada cede frente al derecho básico a la vida, la libertad y a no ser maltratados ni física ni psicológicamente", explico Sabsay.
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