Tenencia responsable

Periódicamente los medios comunican nuevos ataques por perros agresivos. También hemos leído en minutouno.com, sobre la trágica muerte de "Fatiga", la perrita de "Casados con hijos". ¿Por qué suceden estos hechos?


 


Estos dos hechos distantes en lo aparente, tienen en realidad un punto en común, y es el que hace a la tenencia responsable. Este concepto reune en dos palabras una serie de obligaciones  que deberían
conocer todos aquellos que deciden tener bajo su responsabilidad y por distintas razones animales a su cargo.



Movidos por la necesidad de compañía, de afecto o de un animal que proteja a los  bienes y personas, quienes reciben como regalo o adquieren distintos tipos de mascotas, no pueden desconocer que simultaneamente se están obligando a alimentar, atender y protejer a un ser viviente por períodos que
rondan los diez años o  más.



Aún hoy el Código Civil considera a los animales como "una cosa"  ya que fue así concebido en 1871. En estos 136 años transcurridos los criterios fueron cambiando, a punto de que los animales fueron rejerarquizados en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires suponiendo un mejor trato, y
existen leyes en estudio referidas al título de esta nota.


 


Hemos abordado en artículos anteriores los distintos tipos de vínculos que establecen los animales con sus propietarios, llegando la fidelidad establecida en algunos casos a crear relaciones exageradas con hiper apego y dependencia. Estos animales cuando sus propietarios se van viven esos instantes como un verdadero desgarro, y cuando la oportunidad se los permite siguen tras ellos tratando de ubicarlos. Desandan en ocasiones cientos de kilómetros, y el anecdotario refresca algunos reencuentros felices de animales perdidos o abandonados en lugares distantes.



Es durante ese peregrinar en busca de sus dueños, que se ven expuestos a los accidentes callejeros que en muchos casos acaban con sus vidas, sobre todo la de aquellos que no tuvieron la experiencia previa de salir a la calle desconociendo los códigos de la misma. De estar informados de los riesgos y las precauciones que se deben tomar estos hechos desgraciados no ocurrirían, como tampoco los generados por aquellos animales peligrosos arriba citados.



Afortunadamente se está considerando al igual de lo que sucede en Europa, que quienes decidan tener un Rottweiler, Presa Canario, Mastines, Pitbull o Bullterriers,Filha, como ejemplo de este grupo, deberán reunir una serie de condiciones psicofísicas que los habiliten a mantenerlos bajo estricto
resguardo. Los requísitos serían similares a los que son requeridos para portar un arma.


Otro grupo a considerar es el de quienes incorporan transitoriamente a un animal como juguete o compañía de sus hijos durante las vacaciones abandonándolos a su suerte al regreso de la playa o cuando marzo despunta sus primeros días. Estamos próximos a las fechas cuando se comienzan a
considerar los planes para el próximo verano, por lo que recomiendo fuertemente que si imaginan incorporar un nuevo animal al seno del hogar, concrétenlo sabiendo cuales son los placeres que esto les generará, pero también sin desconocer y menos olvidar todas las obligaciones que contraen
al tomar esta desición.



Recurran siempre al consejo de su Veterinario de confianza quien posee todo el conocimiento y la información para asesorarlos al respecto.

Prof. Leonardo José Sepiurka

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