¿Un crimen impune? Una junta médica dijo que el tirador de Belgrano no comprendía lo que hacía
Una junta médica determinó que Martín Ríos, conocido como el "tirador de Belgrano", no comprendió la criminalidad de sus actos cuando en julio de 2006 mató a un joven e hirió a otras seis personas en plena avenida Cabildo.
El estudio final sobre Ríos fue entregado a la jueza Pombo esta mañana luego de que el 10 de marzo ella intimó a la junta médica a que le diera el informe en un plazo máximo de diez días hábiles, ya que en los últimos meses se había reunido en reiteradas oportunidades, pero no había llegado a un dictamen acerca de Ríos.
Segundo equipo médico, la misma conclusión
Desde que comenzaron a intervenir en el caso, en agosto pasado, los médicos analizaron todos los elementos recogidos en la causa, es decir, declaraciones, peritajes balísticos y ubicación de las víctimas contra las que Ríos disparó el 6 de julio de 2006, entre ellos Alfredo Marcenac, que murió por los balazos.
El informe definitivo de los peritos era clave para que el caso se fuera cerrando, ya que si los expertos entendían que Ríos comprendía lo que estaba haciendo, la causa penal podía ser elevada a juicio oral y Ríos condenado a prisión perpetua.
El año pasado, tres peritos oficiales concluyeron que Ríos era "esquizofrénico", pero Pombo decidió apartarlos de la causa, presuntamente, porque está convencida de que Ríos "fabula".
Desde entonces, se formó una nueva junta que empezó a revisar todos los antecedentes del caso, entrevistó a Ríos en el Hospital Borda y le realizó un estudio cerebral con medicina nuclear.
La junta que firmó el informe está integrada, entre otros, por Juan Badaracco, Javier Cabello y Jorge Kiff, del Cuerpo Médico Forense, mientras que en representación de Ríos actúa Castex y por la querella Ana María Arias, quien suscribió en disidencia porque cree que Ríos simula.
El ataque en la avenida Cabildo, donde Ríos disparó 13 tiros contra los transeúntes en horario pico, derivó en el procesamiento de Ríos por "homicidio agravado por placer", una figura que está prevista en el Código Penal, pero que en la Argentina fue aplicada por primera vez en este caso.
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