Las claves de la reforma del Código Civil y Comercial
El senador Marcelo Fuentes admitió que se eliminó el "alquiler de vientre" del proyecto. Reproducción asistida, adopción, divorcio, uniones convivenciales y responsabilidad del Estado.
El Código también menciona que "el hijo matrimonial lleva el primer apellido de alguno de los cónyuges" y que "en caso de no haber acuerdo, se determina por sorteo realizado en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas".
Entre las novedades en cuanto a cuestiones matrimoniales se incluye la posibilidad de que los contrayentes opten por el régimen de separación de bienes antes de la realización del matrimonio.
Además, el divorcio se decreta judicialmente a petición de ambos o de uno solo de los cónyuges.
La nueva normativa menciona a las "uniones convivenciales" como "la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo".
El nuevo Código establece que cuestiones como la responsabilidad del Estado Nacional y de sus funcionarios por los hechos y omisiones cometidos en el ejercicio de sus funciones será objeto de una ley especial.
Finalmente, el anteproyecto también hace mención a que "las comunidades indígenas con personería jurídica reconocida tienen derecho a la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan", pero deja salvado que esa cuestión quedará reglamentada a través de una ley especial.
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