La Cámara rechazó un planteo de nulidad de la defensa del portero Mangeri

Sociedad

Es un nuevo fracaso en su intento de evitar el juicio oral. El abogado Tenca había denunciado incongruencias entre las acusaciones del Ministerio Publico y de la familia de la victima y por lo tanto, a su criterio, se violaba el derecho de defensa.

La Cámara del Crimen confirmó el rechazo a un planteo de nulidad interpuesto por la defensa del portero Jorge Mangeri por el crimen de la adolescente Angeles Rawson y lo dejó al borde del juicio oral y público.

El abogado del encargado del edificio de Ravignani 2360 atacó el requerimiento de elevación a juicio de la fiscalía y la querella, lo que fue rechazado en primera instancia y ahora confirmado por la Cámara.

"No hay sorpresa que le impida defenderse y plantear su estrategia en el debate. Sólo se advierten diferencias conceptuales respecto de la implicancia de la conducta en examen", sostuvo la Cámara al ratificar que Mangeri debe ir a juicio.


El actual abogado defensor de Mangeri, Adrián Marcelo Tenca, había basado su planteo en que la fiscalía y la querella pidieron juzgar al acusado fundándose "en una plataforma fáctica opuesta", es decir en diferentes calificaciones, lo que en su opinión "vulnera el principio de racionalidad y congruencia y, por ende, la garantía de defensa en juicio.

Es que los defensores argumentaban que el querellante (la familia de Angeles) aseveró que se consumó el abuso sexual y luego, por no haberse podido concretar el acceso carnal, se produjo una nueva decisión criminal: un homicidio para ocultar y procurar la impunidad del delito previamente cometido (dos hechos, dos conductas y dos dolos), mientras que la Fiscalía consideró que la conducta que ocasionó el resultado mortal fue concomitante con el abuso sexual (un hecho, una conducta y un dolo).

En el requerimiento de elevación la fiscalía solicitó que el juicio sea bajo la figura de "abuso sexual del que resultare la muerte de la persona ofendida", previsto en el artículo 124 del Código Penal de la Nación, y la querella hizo lo propio por abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa del que resultara un grave daño a la salud física de la víctima, en concurso real con homicidio agravado criminis causae en concurso ideal con el delito de femicidio.

En otras palabras, la defensa planteó una polémica acerca de las diferentes calificaciones, si se trata de "abuso sexual en grado de tentativa y femicidio agravado", la misma carátula por la que Mangeri fue procesado por el juez y que fue confirmada por la Cámara, o si puede ser violación seguida de muerte o un "homicidio críminis causae" (matar para ocultar otro delito, en este caso el abuso).

En esa diferente calificación de la fiscalía y en el hecho de que los dos requerimientos de los acusadores no sean unívocos, se basó el planteo de nulidad de la defensa.

Para la Sala VI de la Cámara, "recién, durante el debate, acusador y acusado, confrontan sobre la prueba del hecho imputado de forma equilibrada entre sí, tienen garantizada normativamente la posibilidad de ejercer facultades paralelas destinadas a corroborar las hipótesis que cada uno sostiene y, especialmente, de controlar la prueba de la contraparte".

Los jueces de la Cámara Ricardo Pinto y Marcelo Lucini sostuvieron tanto la fiscalía como la querella, ha seguido en términos generales, "un similar abordaje teórico pues han delimitado cómo, cuándo y dónde se habría interceptado a la joven, han descripto las lesiones vitales causadas en su cuerpo para doblegar la resistencia opuesta a ser abusada sexualmente, como así también el mecanismo de su muerte".

"En otras palabras, se han expedido respecto del contexto de violencia sexual y física desplegada contra la víctima que tuvo por resultado su muerte, altamente previsible a la luz de la magnitud de la agresión y los medios empleados", sostuvo la Cámara.

Para la Cámara, ambos acusadores coincidieron en que durante la instrucción lograron acreditar por las pruebas "el ataque a la integridad sexual de A. R., la resistencia por ella opuesta frente a la agresión ilegítima y su posterior muerte a causa de un mecanismo de asfixia mixto manual".

Según los camaristas, las diferencias en la calificación no afectan el derecho de defensa de Mangeri. "No hay sorpresa que le impida defenderse y plantear su estrategia en el debate. Sólo se advierten diferencias conceptuales respecto de la implicancia de la conducta en examen", argumentaron los camaristas Pinto y Lucini.

Por su parte, el camarista Mario Filosof coincidió con sus colegas y agregó que una vez en juicio, "la defensa tiene todas las armas para acceder a sus pretensiones, pedir prueba, argumentar, contradecir a los acusados por lo que no se comprende cuál es su agravio", al rechazar el planteo de nulidad intentado.

"La idea es que se vaya al juicio por todos los hechos imputados de la forma más concreta posible y que sea sobre ellos los que verse la acusación, la defensa, la prueba y la sentencia. No se comprende cuál de estas posibilidades esta cercenada", explicó el camarista.

Angeles "Mumi" Rawson, se 16 años desapareció el lunes 10 de junio del año pasado cuando regresaba a su casa del barrio porteño de Palermo y al día siguiente su cadáver fue hallado en el predio de la Ceamse de la localidad bonaerense de José León Suárez.

Por el crimen fue detenido Mangeri, quien se autoincriminó cuando declaraba como testigo ante la fiscal Asaro, aunque en sus indagatorias posteriores siempre se declaró inocente.

Pero los estudios de ADN determinaron que había perfil genético del portero debajo de tres uñas de la mano derecha de Angeles con un 99,9 por ciento de precisión en el caso del dedo índice.

Una junta médica determinó finalmente que Angeles murió sofocada y estrangulada por su asesino en una maniobra que no duró más de cinco minutos y antes de que su cuerpo ingresara a la compactadora de basura. Los expertos concluyeron que Angeles tenía lesiones paragenitales compatibles con un intento de violación.

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