Polémica en La Plata: autorizan a sacar licencia para taxi con antecedentes penales

Sociedad

Un juez de La Plata dictó la inconstitucionalidad de una norma que impide concederle la licencia para conducir a un taxista con antecedentes penales por un accidente de tránsito.

La medida fue dictada por el juez en lo Contencioso Administrativo platense Luis Arias y benefició a Hugo Ernesto Sanabria, quien solicitó mediante una "medida autosatisfactiva" que "se ordene a la Municipalidad de La Plata, el inmediato otorgamiento de la renovación de su licencia de conducir para la categoría profesional".

Sanabria denunció que "al solicitar la licencia para conducir vehículos de transporte de pasajeros, le fue requerido acompañar copia certificada de la sentencia condenatoria que sobre él recayera el día 28 de abril de 2006, de dos años y diez meses de prisión en suspenso y cinco años y diez meses de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores", en una causa por "homicidio culposo agravado".

Sanabria explicó que el 28 de febrero de 2009 se produjo el vencimiento de la pena de prisión y el 25 de marzo de 2012, el de la pena de inhabilitación, pese a lo cual la Municipalidad de La Plata le negó la renovación de la licencia a raíz de "la existencia de antecedentes penales en una causa vinculada con accidentes de tránsito".

El juez deploró que "los hechos pasados son utilizados como parámetro para prever que hechos ilícitos futuros probablemente ocurrirán". "Se sanciona a una persona no con apoyo en lo que ha hecho, sino en lo que es, en el riesgo que exterioriza, en lo que puede hacer", añade el fallo.

El juez determinó que "aun cuando el accionante no haya peticionado expresamente la inconstitucionalidad de las normas que le fueran aplicadas, las mismas resultaron cuestionadas a la luz de idénticos principios constitucionales que fundan la presente sentencia, y por tanto con respecto a ellos la demandada pudo ejercer una adecuada defensa".

El fallo condenó a la Municipalidad de La Plata "a que en el plazo de cinco días, proceda a emitir un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo aquí decidido", es decir le conceda la renovación del registro para conducir.

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