#ConsultorioM1 Envianos tus dudas sobre Ganancias

Economía

Mandanos antes de las 20 tus consultas sobre el impuesto a las Ganancias y los cambios introducidos por el Gobierno a través de los comentarios o en Twitter con el hashtag #M1Ganancias.


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Hasta el momento, no hay modificaciones sobre el mínimo no imponible, que sigue siendo de $15.000.

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Los trabajadores que a 2013 cobraban hasta 15.000 pesos siguen sin pagar Ganancias, de acuerdo al Decreto 1442. Independiente que ahora cobren más que ese importe.

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No hay información al respecto. Se espera la publicación oficial.
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El ministro de Economía, Axel Kicillof, anunció que el Decreto 1242 no se modifica.

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De acuerdo al anuncio, no habrá ningún impacto.
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No hay precisiones al respecto.
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Los anuncios de este lunes sobre escalas no afectan la vigencia del decreto 1242/2013
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Mientras siga vigente el Decreto 1242, no deberás tributar en Ganancias.
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De acuerdo a lo anunciado, si. Restan conocer los detalles técnicos.
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El impuesto a las Ganancias es anual, por tanto se calcula sobre la base imponible anualizada.
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Tributan sólo quienes a agosto de 2013 perciben un sueldo bruto superior a 15.001 pesos.
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A modo de referencia: hoy se anunció que un casado con dos hijos con un sueldo de 20.000 pesos pagará 397 pesos mensual de Ganancias. Te sugerimos que consultes a tu contador para que calcule tu pago en particular.
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No hay precisiones oficiales al respecto.
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Tratándose de un caso particular, te sugerimos que consultes con un contador público.
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Según el anuncio de este lunes, un casado con dos hijos pagará 397 pesos. Cada caso particular deberá ser consultado con un contador público.
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Un jubilado con ese ingreso bruto no paga Ganancias.
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Tratándose de un caso particular, te sugerimos que consultes con un contador público.
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Tributan sólo quienes a agosto de 2013 perciben un sueldo bruto superior a 15.001 pesos. Lo que supere los 15.000 pesos paga Ganancias.
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No se anunciaron cambios al respecto. Igual, tratándose de un caso particular, te sugerimos que consultes con un contador público.
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Tributan sólo quienes a agosto de 2013 perciben un sueldo bruto superior a 15.001 pesos.
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Tributan sólo quienes a agosto de 2013 perciben un sueldo bruto superior a 15.001 pesos.


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