AFIP no frena pagos a hoteles e inmobiliarias uruguayos
Lo aseguró el organismo, que además explicó que no existe un acuerdo entre el Banco de la República Oriental del Uruguay y la Asociación de Hoteles y Restaurantes de aquel país realizar pagos desde Argentina.
Perfil", señala el escrito.
Según la AFIP, "el Banco de la República Oriental del Uruguay no ha suscrito convenio alguno con la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay referido al pago de reservas hoteleras desde Argentina".
Por otra parte la AFIP subraya que "todas las operaciones de compraventa de moneda extranjera y transferencia de fondos al exterior que se cursan a través del Banco, se ajustan estrictamente a lo establecido por la RG (AFIP) N° 3356/12 y a la Comunicación (BCRA) "A" 5335", y; que en caso que se presente la hipotética situación aludida, el código de operación que utilizaría el Banco de la República Oriental del Uruguay para tal fin sería el 663, "Otras transferencias por turismo y viajes sujetas a validación fiscal", acorde a lo normado por la Comunicación (BCRA) "A" 5335 antes mencionada.
Por último, desde la AFIP destacaron que es el Banco Central de la República Argentina el organismo que autoriza la compra, o no, de moneda extranjera y que, en función a la Comunicación "A" 5318 de dicho Organismo, AFIP valida informática y sistémicamente las operaciones tomando como parámetro la compatibilidad de las declaraciones de los contribuyentes con la realidad económica de sus operaciones.
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